Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 138

Fecha del Boletín 
12-06-2019

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190612-136

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 29

136
Madrid número 29. Procedimiento 99 de 2019, notificación a Working and Landing, S. L.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don Ismael Pérez Martínez, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 29 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 99 de 2019 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Marlon Luis Betancourt Ruiz, frente a Working and Landing, S. L., sobre despidos/ceses en general, se ha dictado la siguiente sentencia, con fecha 4 de abril de 2019:

Estimo la demanda interpuesta por don Marlon Luis Betancourt Ruiz contra Working and Landing, S. L., y declaro la improcedencia del despido de la demandante y condeno a la empresa demandada a optar, en el plazo de cinco días siguientes a la notificación de la presente sentencia, entre su readmisión o el abono de 2.420,44 euros en concepto de indemnización, y al pago salarios de tramitación devengados desde la fecha del despido, hasta la readmisión. Asimismo, condeno a la empresa demandada al abono de la cantidad de 5.197,96 euros en concepto de salarios y de 825,15 euros en concepto de preaviso, más los intereses legales correspondientes en cada caso.

Se advierte a la partes que contra esta sentencia puede interponerse recurso de suplicación ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, anunciándolo por comparecencia o por escrito en este Juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a su notificación y designando letrado o graduado social colegiado para su tramitación.

Y para que sirva de notificación en legal forma a Working and Landing, S. L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Se advierte al destinatario de que4 las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a 13 de mayo de 2019.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(03/18.428/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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