Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 136

Fecha del Boletín 
10-06-2019

Sección 4.90.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190610-83

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE FUENLABRADA NÚMERO 2

83
Fuenlabrada número 2. Procedimiento 1.402 de 2018, notificación a Alfonso Carlos Sanabria Ruiz

EDICTO

Don José Antonio Fernandez Borrego, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de instrucción número 2 de Fuenlabrada.

Doy fe y testimonio: Que en el Juicio Inmediato sobre delito leve número 1.402 de 2018 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:

Sentencia número 50 de 2019

Juez/magistrado-juez, don Fernando Orteu Cebrián.—Fuenlabrada, a 19 de febrero de 2019.

Don Fernando F. Orteu Cebrián, magistrado-juez del Juzgado de instrucción número 2 de esta ciudad y su partido, vistos los precedentes autos de juicio de delito leve número 1.402 de 2018, seguidos por un presunto delio leve de hurto.

Fallo

Que debo absolver y absuelvo a don Alfonso Carlos Sanabria Ruiz del delito leve por el que venía denunciado.

Se declaran de oficio las costas procesales causadas.

Notifíquese la presente resolución a las partes, previniéndolas de que contra la misma podrán interponer, ante este Juzgado, recurso de apelación en el plazo de cinco días siguientes al de su notificación. Durante este período se encontrarán las actuaciones en Secretaría a disposición de las partes.

Así, por esta mi sentencia, de la que se unirá certificación a las actuaciones originales para su notificación y cumplimiento, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a don Alfonso Carlos Sanabria Ruiz, actualmente paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Fuenlabrada, a 8 de mayo de 2017.

(03/17.998/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.90.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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