Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 133

Fecha del Boletín 
06-06-2019

Sección 3.10.20N: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190606-38

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE NAVALAFUENTE

RÉGIMEN ECONÓMICO

38
Navalafuente. Régimen económico. Calendario fiscal

Habiéndose detectado varios errores materiales en el anuncio de calendario fiscal 2019, insertado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 72 de 26 de marzo de 2019, mediante el presente anuncio se rectifican:

En el párrafo primero:

Donde dice: “… se ha aprobado el calendario fiscal de las deudas de vencimiento periódico y notificación colectiva del Ayuntamiento de Navalafuente para el ejercicio 2018”.

Debe decir: “… se ha aprobado el calendario fiscal de las deudas de vencimiento periódico y notificación colectiva del Ayuntamiento de Navalafuente para el ejercicio 2019”.

En el cuadro del calendario fiscal, en la última fila y última columna, el tercer plazo del sistema especial de pago (IBI urbana):

Donde dice: “5 de octubre de 2019 (tercer plazo)”.

Debe decir: “7 de octubre de 2019 (tercer plazo)”.

En el último párrafo, donde se establecen las normas para hacer efectivo el pago:

Donde dice:

“a) Medios de pago:

— Domiciliación bancaria: las órdenes de domiciliación deberán comunicarse con una antelación de al menos dos meses antes del comienzo del período de cobro”.

Debe decir:

“a) Medios de pago:

— Domiciliación bancaria: las órdenes de domiciliación deberán comunicarse antes del 31 de marzo de 2019”.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Navalafuente, a 8 de mayo de 2019.—El alcalde, Miguel Méndez Martiáñez.

(02/17.365/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20N: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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