Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 131

Fecha del Boletín 
04-06-2019

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190604-86

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE MAJADAHONDA NÚMERO 6

86
Majadahonda número 6. Procedimiento 292 de 2018, notificación a Pascual Oro Pardo y otros

EDICTO

Doña Inmaculada Palma González, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 6 de Majadahonda.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento de juicio verbal (250.2) número 292 de 2018, instados por el letrado don Pedro Manuel González López, en nombre y representación de Recreativos Pozuelo, S. L., contra don Pascual Oro Pardo y Oropar Servicios Hosteleros, S. L., en reclamación de 1.274,50 euros, en los que se ha dictado en fecha 8 de marzo de 2019 sentencia, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Que estimando la demanda interpuesta por Recreativos Pozuelo, contra Oropar Servicios Hosteleros, S. L., y don Pascual Oro Pardo, en situación de rebeldía procesal, condeno a la parte demandada al pago de la suma de 1.274,50 euros, con los intereses del artículo 7 de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre.

Las costas serán satisfechas por la parte demandada.

Notifíquese la presente sentencia a las partes haciéndoles saber que contra la misma no cabe recurso alguno al ser su cuantía inferior a los 3.000 euros.

En atención al desconocimiento del actual domicilio de los demandados don Pascual Oro Pardo y Oropar Servicios Hosteleros, S. L. y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la LEC, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este tribunal.

En Majadahonda, a 10 de mayo de 2019.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(02/18.189/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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