Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 131

Fecha del Boletín 
04-06-2019

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190604-79

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 44

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Madrid número 44. Procedimiento 1.147 de 2018, notificación a Cultespa, S. L.

EDICTO

Doña María Concepción González Martínez, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 44 de Madrid.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento de juicio verbal (250.2) número 1.147 de 2018, instados por la procuradora doña Josefina Ruiz Ferrán, en nombre y representación de Tecuni, S. A., contra Cultespa, S. L., en reclamación de 2.030,99 euros, en los que se ha dictado en fecha 10 de abril de 2019 sentencia, cuyo fallo es la siguiente:

Fallo

Que debo estimar y estimo íntegramente la demanda formulada por la procuradora doña Josefina Ruiz Ferrán, en nombre y representación de la entidad Tecuni, S. A., contra la entidad Cultespa, S. L. y, en consecuencia, debo condenar y condeno esta última a abonar a la parte actora la cantidad de 2.030,99 euros, más los intereses legales referidos en la Ley 3/2004 y al abono de las costas causadas en esta instancia.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma no cabe interponer recurso alguno.

Así por esta mi sentencia de la que se unirá certificación a los autos correspondientes, lo pronuncio, mando y firmo.

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado Cultespa, S. L. y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la LEC, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este tribunal.

En Madrid, a 25 de abril de 2019.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(02/18.182/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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