Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 131

Fecha del Boletín 
04-06-2019

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190604-111

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 13

111
Madrid número 13. Ejecución 197 de 2018, notificación a Rosaria Volpe

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. MARIA ISABEL TIRADO GUTIERREZ LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 13 de Madrid, HAGO SABER:

Que en ejecución 197/2018 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. DIANA FERNANDEZ SANTA-EULALIA frente a D./Dña. ROSARIA VOLPE sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado AUTO de 7/2/19 cuya parte dispositiva es la siguiente:

“DISPONGO:

1.o Declarar la extinción de la relación laboral en la fecha de esta resolución.

2.o Condenar a la empresa ROSARIA VOLPE a estar por la anterior declaración, así como a que abone a Dª DIANA FERNANDEZ SANTA-EULALIA la cantidad de 2.127,73 euros en concepto de indemnización y la de 18.884 euros en concepto de salarios dejados de percibir desde la fecha del despido hasta la fecha de esta resolución, a razón de 26,68 euros/día.

3.o Dictar el correspondiente auto conteniendo la orden general de ejecución una vez firme la presente resolución, despachando la misma por las anteriores cantidades, auto en el que se fijarán provisionalmente los importes por honorarios y costas, conforme con lo dispuesto en el art. 239.3 LJS y en el art. 551 LEC.

4.o No efectuar ningún pronunciamiento sobre el FONDO DE GARANTÍA SALARIAL, sin perjuicio de sus obligaciones legales.”

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a D./Dña. ROSARIA VOLPE, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a diez de mayo de dos mil diecinueve.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/17.548/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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