Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 128

Fecha del Boletín 
31-05-2019

Sección 1.2.36.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190531-1

Páginas: 3


I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal

VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y PORTAVOCÍA DEL GOBIERNO

1
RESOLUCIÓN de 23 de mayo de 2019, de la Dirección General de Función Pública, por la que se resuelve el proceso selectivo de promoción interna para el ingreso en el Cuerpo de Bomberos de la Comunidad de Madrid, Escala Ejecutiva u Operativa, Especialidad de Comunicaciones, Categoría de Jefe de Sala (Grupo C, Subgrupo C1).

Mediante Orden 5090/2016, de 22 de diciembre, de la entonces Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 30 de diciembre), se convocaron pruebas selectivas de promoción interna para el ingreso en el Cuerpo de Bomberos de la Comunidad de Madrid, Escala Ejecutiva u Operativa, Especialidad de Comunicaciones, Categoría de Jefe de Sala (Grupo C, Subgrupo C1).

Una vez concluido el citado proceso selectivo, y en cumplimiento de lo dispuesto en la Orden anteriormente indicada y demás normativa de aplicación, esta Dirección General, en uso de las atribuciones que tiene conferidas,

RESUELVE

Primero

Declarar, a propuesta del Tribunal Calificador del mencionado proceso selectivo, que han superado el mismo los/las aspirantes incluidos/as en la relación que se incorpora como Anexo de la presente Resolución.

Segundo

1. Con objeto de proceder a su nombramiento como funcionarios/as de carrera del Cuerpo, Escala, Especialidad y Categoría de referencia, los/las aspirantes seleccionados/as dispondrán de un plazo de veinte días hábiles, a contar desde el siguiente al de la publicación de esta Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para presentar la documentación que se especifica a continuación, exigida por la base 9.1 de la ya reseñada Orden 5090/2016, de 22 de diciembre, y que será dirigida a la Dirección General de Presupuestos y Recursos Humanos de la Consejería de Economía, Empleo y Hacienda (Plaza de Chamberí, número 8, primera planta, 28010 Madrid), todo ello sin perjuicio de lo establecido en el punto 2 de este apartado segundo:

A) Copia del Documento Nacional de Identidad.

B) Copia de la titulación requerida en la base 2.1.c) de la expresada Orden de convocatoria o, en su caso, de la certificación académica justificativa de haber realizado y aprobado los estudios completos necesarios para la expedición de dichos títulos, junto a la acreditación del pago de la tasa correspondiente por este concepto.

En el supuesto de titulaciones obtenidas en el extranjero, se deberá aportar copia de la credencial que proceda conforme a la normativa que resulte de aplicación en la materia.

C) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial.

El modelo a efectos de cumplimentar dicha declaración jurada o promesa será facilitado por la citada Dirección General de Presupuestos y Recursos Humanos, pudiendo, asimismo, accederse a aquel a través del enlace “http://www.comunidad.madrid/gobierno/espacios-profesionales/personal-fun...” y, seguidamente, seleccionando el apartado “Entrega de documentación y petición de destinos”.

2. No obstante lo anterior, no será necesario aportar la documentación detallada en las letras A) y B), obteniéndose por la Administración, de oficio, la información a que van referidas las mismas, salvo que el/la interesado/a no autorice expresamente la consulta de datos por medios electrónicos dispuesta a tal fin en el modelo al que se hace mención en el punto 3 de este apartado segundo.

Sin perjuicio de lo expuesto, en lo relativo a la titulación académica, el acceso de oficio a la información requerida únicamente será posible siempre y cuando el/la aspirante hubiera procedido al abono de la tasa correspondiente a la expedición del título de que se trate exigido para concurrir al proceso de referencia. En caso contrario, deberá aportarse la documentación contemplada en la letra B).

3. La documentación indicada en este apartado segundo será presentada mediante alguna de las modalidades que se relacionan a continuación:

— Telemáticamente, cumplimentando el modelo de impreso normalizado de “Presentación de documentación para adquirir la condición de funcionario de carrera”, al que podrá accederse desde el Portal del Ciudadano de la Comunidad de Madrid o desde la página web “http://www.comunidad.madrid/gobierno/espacios-profesionales/bomberos-jef...”, y anexándose al mismo la documentación correspondiente que hubiera de aportarse.

A estos efectos, para presentar el modelo y documentación por Internet a través del Registro Electrónico de la Consejería de Economía, Empleo y Hacienda o de los demás registros previstos en el artículo 16.4.a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, será necesario disponer del DNI electrónico o de uno de los Certificados Electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica, que sean operativos en la Comunidad de Madrid y expedidos por prestadores incluidos en la “Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación”.

— En el supuesto de no optar por la presentación telemática, los/las aspirantes podrán presentar el formulario que hayan impreso y firmado tras su cumplimentación, junto con la documentación requerida que corresponda, en cualquiera de las oficinas de asistencia en materia de registro de la Comunidad de Madrid, o en alguno de los demás lugares y formas establecidos en el artículo 16.4 de la reseñada Ley 39/2015, de 1 de octubre.

— Asimismo, los/las aspirantes podrán comparecer presencialmente en la Dirección General de Presupuestos y Recursos Humanos de la Consejería de Economía, Empleo y Hacienda (Plaza de Chamberí, número 8, primera planta, Madrid), para efectuar la entrega del citado modelo y de la documentación mencionada.

Tercero

De acuerdo con lo expresado en la base 9.4 de la señalada Orden 5090/2016, de 22 de diciembre, a efectos de la acreditación, en su caso, de la documentación sustitutoria de la titulación, en los términos previstos en la base 2.1.c) de dicha Orden, así como de la acreditación del requisito contemplado en la base 2.1.d) de la misma, el órgano competente de la Administración que, en cada supuesto, proceda, aportará de oficio al procedimiento las certificaciones correspondientes a tal objeto.

Cuarto

De conformidad con lo dispuesto en la base 9.5. de la aludida Orden de convocatoria, aquellos/as aspirantes que, dentro del plazo habilitado en el apartado segundo de esta Resolución, y salvo casos de fuerza mayor, no acreditasen el cumplimiento de los requisitos exigidos en el proceso selectivo de referencia, o si del examen de la documentación correspondiente se dedujera que carecen de alguno de dichos requisitos, perderán su derecho a ser nombrados/as funcionarios/as de carrera del Cuerpo de Bomberos de la Comunidad de Madrid, Escala Ejecutiva u Operativa, Especialidad de Comunicaciones, Categoría de Jefe de Sala (Grupo C, Subgrupo C1), y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en la que, en su caso, pudieran haber incurrido por falsedad en la solicitud inicial.

Quinto

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, los/las interesados/as podrán interponer recurso de alzada ante la Viceconsejería de Presidencia, dentro del plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Dado en Madrid, a 23 de mayo de 2019.—La Directora General de Función Pública, María José Esteban Raposo.

(03/18.835/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.2.36.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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