Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 127

Fecha del Boletín 
30-05-2019

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190530-65

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 85

65
Madrid número 85. Procedimiento 457 de 2018, notificación a Milton Oswaldo Castillo Delgado

EDICTO

Doña María Gracia Fernández Morán, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 85 de Madrid.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento de familia. Divorcio contencioso número 457 de 2018, instados por el procurador don Ignacio Batlló Ripoll, en nombre y representación de doña Elena Cristina Florean, contra don Milton Oswaldo Castillo Delgado, en reclamación, en los que se ha dictado, en fecha 24 de abril de 2019, sentencia cuyo encabezamiento y fallo son los siguientes:

Doña María Serantes Gómez, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 85 de Madrid, vistos los anteriores autos número 457 de 2018, sobre divorcio contencioso, seguidos en este Juzgado a instancias de doña Elena Cristina Florean, representada por el procurador don Ignacio Batlló Ripoll, y de otra parte don Milton Oswaldo Castillo Delgado.

Fallo

Que estimando la demanda presentada por el procurador don Ignacio Batlló Ripoll, en nombre y representación de doña Elena Cristina Florean, frente a don Milton Oswaldo Castillo Delgado, en situación procesal de rebeldía, debo declarar y declaro la disolución por divorcio del matrimonio formado por los cónyuges doña Elena Cristina Florean y don Milton Oswaldo Castillo Delgado, celebrado el día 11 de noviembre de 2005, en Alcalá de Henares (Madrid), con los efectos legales inherentes a tal situación.

Firme que sea esta resolución, líbrese oficio exhortatorio al encargado del Registro Civil, al que se acompañará testimonio de ella, a fin de que proceda a anotar su parte dispositiva en la correspondiente inscripción del matrimonio, y poniendo en las actuaciones certificación de la misma, inclúyase la presente en el libro de sentencias. A la vista de la rebeldía de la demandada, notifíquesele la sentencia en la forma prevista en el artículo 500 de la LEC.

Así por esta mi sentencia, contra la que cabe recurso de apelación ante la ilustrísima Audiencia Provincial, que deberá prepararse ante este Juzgado en el plazo de cinco días siguientes a su notificación, lo pronuncio, mando y firmo.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días ante este Juzgado, para su resolución por la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid (artículos 458 y siguientes de la LEC), previa constitución de un depósito de 50 euros, en la cuenta 3459-0000-33-0457-18 de esta oficina judicial de la cuenta general de depósitos y consignaciones abierta en Banco Santander.

Si las cantidades van a ser ingresadas por transferencia bancaria, deberá ingresarlas en la cuenta número IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274, indicando en el campo “Beneficiario” Juzgado de primera instancia número 85 de Madrid, y en el campo “Observaciones o concepto”, se consignarán los siguientes dígitos 3459-0000-33-0457-18.

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado, don Milton Oswaldo Castillo Delgado, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la LEC, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este Tribunal.

En Madrid, a 24 de abril de 2019.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/16.939/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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