Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 127

Fecha del Boletín 
30-05-2019

Sección 1.3.36.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190530-17

Páginas: 1


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y PORTAVOCÍA DEL GOBIERNO

17
EXTRACTO de la Orden 1482/2019, de 9 de mayo, de la Vicepresidencia, Consejería de Presidencia y Portavocía del Gobierno, por la que se convocan las subvenciones para el mantenimiento de empleo en las Agrupaciones Municipales de la Sierra Norte de Madrid para el año 2019.

BDNS (Identif.): 456309

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el Extracto de la Convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la BDNS.

Primero. Beneficiarios.—Podrán ser beneficiarios de estas ayudas los 42 Ayuntamientos de la Sierra Norte de Madrid que hayan constituido una Agrupación Municipal para el sostenimiento en común del puesto de Secretaría-Intervención.

Segundo. Objeto.—Mantenimiento de los puestos de trabajo del personal auxiliar administrativo de las Agrupaciones Municipales constituidas para el Sostenimiento en común del puesto de Secretaría-Intervención dentro de los 42 municipios de la Sierra Norte de Madrid.

Tercero. Bases reguladoras.—La presente convocatoria se regula por las bases reguladoras aprobadas por la Orden 3177/2013, de 7 de noviembre (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 292 de 9 de diciembre de 2013, modificadas por Orden 395/2016, de 14 de marzo (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 22 de marzo de 2016).

Cuarto. Cuantía.—La cuantía de la subvención de los puestos de trabajo existentes en la Agrupación consistirá en la cantidad de 8.000 euros por puesto de trabajo y año, hasta el importe justificado. En función de la disponibilidad presupuestaria, podrá incrementarse la subvención a cada Agrupación Municipal, pero siempre aplicando el mismo porcentaje para cada puesto de trabajo subvencionado. Si el importe total de las peticiones una vez valoradas, que cumplan los requisitos de la convocatoria, supera la dotación presupuestaria existente en esta línea de subvención, la cuantía establecida se reducirá en la misma proporción en cada una de ellas.

La cuantía de las subvenciones convocadas asciende a 211.037 euros, consignados en el Subconcepto 46309 del Programa 942N de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el ejercicio 2019.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—Veinte días hábiles contados a partir del día siguiente a la fecha de la publicación del extracto de la Orden de convocatoria, según prevé el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 9 de mayo de 2019.

El Vicepresidente, Consejero de Presidencia y Portavoz del Gobierno, PEDRO MANUEL ROLLÁN OJEDA

(03/18.433/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.36.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190530-17