Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 125

Fecha del Boletín 
28-05-2019

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190528-114

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 38

114
Madrid número 38. Procedimiento 1.015 de 2018, notificación a Nysb Funds Managementm, S. L., y otros

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D. JOSE ANTONIO RINCON MORA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 38 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 1015/2018 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de Dña. PATRICIA GARCIA CAMARA frente a FOGASA, NYSB FUNDS MANAGEMENT S.L., NYSB CONSULTING INTERNATIONAL SL y ECONFORLAND2005 SL sobre Procedimiento Ordinario se ha dictado la siguiente resolución: Sentencia de fecha 15/04/2019.

Hallándose en ignorado paradero NYSB FUNDS MANAGEMENT S.L., NYSB CONSULTING INTERNATIONAL SL y ECONFORLAND2005 SL y de acuerdo con lo dispuesto en el art 59.2 LRJS, se ha acordado notificarles la misma por edictos, haciéndoles saber que su contenido íntegro está a disposición de la persona interesada para su consulta en este Órgano Judicial sito en C/ Princesa nº 3, 10 ª planta, 28008, Madrid. Haciéndole saber que contra la misma cabe recurso de suplicación en plazo de CINCO DÍAS.

Este edicto cumple los criterios de protección de datos de carácter personal en el ámbito de la Administración de Justicia establecidos en los arts. 236 bis y siguientes de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LPJ) y la Instrucción 6/2012 de la Secretaría General de la Administración, relativa a la publicación de edictos en diarios y boletines oficiales y la protección de datos.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a NYSB FUNDS MANAGEMENT S.L., NYSB CONSULTING INTERNATIONAL SL y ECONFORLAND2005 SL GLADYS VERONICA DELGADO AMARILLA, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte a los destinatarios que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a veinticuatro de abril de dos mil diecinueve.

EL LETRADO DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/17.094/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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