Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 122

Fecha del Boletín 
24-05-2019

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190524-100

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE GETAFE NÚMERO 5

100
Getafe número 5. Procedimiento 266 de 2017, notificación a Vitaly Chorney

EDICTO

Doña Aida María Soto Fernández, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia e instrucción número 5 de Getafe.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento de familia. Guarda, custodia o alimentos de hijos menores no matrimoniales no consensuados, número 266 de 2017, instados por la procuradora doña María de los Ángeles Lucendo González, en nombre y representación de doña Lidia Kislenco, contra don Vitaly Chorney, en los que se ha dictado, en fecha 26 de marzo de 2019, sentencia, cuyo fundamento jurídico segundo y fallo son del siguiente tenor literal:

Segundo.—Por la prueba practicada, valorada en su conjunto, y a tenor de lo prevenido en los artículos 92 y 93 del Código Civil, procede acordar las siguientes medidas:

1.o Se atribuye a la madre la guarda y custodia de los menores, siendo la patria potestad compartida.

2.o El padre contribuirá a los alimentos de los menores con la cantidad mensual de 200 euros para cada uno de ellos, que abonará por meses anticipados y dentro de los cinco primeros días de cada mes, en la cuenta que designe la madre. Dicha cantidad se actualizará anualmente, con efectos del primero de enero, según el índice de precios al consumo que publica el Instituto Nacional de Estadística u organismo que pudiera sustituirlo.

3.o Los gastos extraordinarios serán abonados por mitad, por ambos progenitores.

Fallo

Estimo la demanda formulada por la procuradora doña María de los Ángeles Lucendo González, en nombre y representación procesal de doña Lidia Kislenco, contra don Vitaly Chorney, en rebeldía, y en consecuencia, acuerdo como medidas las recogidas en el fundamento jurídico segundo de la presente resolución, con imposición de las costas al demandado.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días ante este Juzgado, para su resolución por la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid (artículos 458 y siguientes de la LEC), previa constitución de un depósito de 50 euros, en la cuenta 2384-0000-39-0266-17 de este órgano.

Si las cantidades van a ser ingresadas por transferencia bancaria, deberá ingresarlas en la cuenta número IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274, indicando en el campo “Beneficiario” Juzgado de primera instancia e instrucción número 5 de Getafe, y en el campo “Observaciones o concepto” se consignarán los siguientes dígitos: 2384-0000-39-0266-17.

Asimismo, deberá aportar justificante del pago de la tasa prevista en la Ley 10/2012, de 20 de noviembre, por la que se regulan determinadas tasas en el ámbito de la Administración de Justicia y del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses.

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado, don Vitaly Chorney, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la LEC, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este Tribunal.

En Getafe, a 9 de abril de 2019.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/16.162/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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