Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 116

Fecha del Boletín 
17-05-2019

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190517-118

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 8

118
Madrid número 8. Ejecución 56 de 2019, notificación a Inversiones María Almudena 29, S. L.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN Y CITACIÓN

Dña. RAQUEL PAZ GARCÍA DE MATEOS LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 08 de Madrid, HAGO SABER:

Que en la Ejecución nº 56/2019 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. MARÍA SOLEDAD GUARDIA MORENO frente a INVERSIONES MARÍA ALMUDENA 29 SL se ha acordado despachar ejecución de la sentencia dictada en el procedimiento por Despido nº 982/2018, por la vía del incidente de no readmisión, resolución contra la que cabe interponer recurso de reposición en el plazo de los tres días siguientes a la publicación del presente edicto, acordándose asimismo citar a las partes de comparecencia ante este Juzgado que se celebrará en este Juzgado de lo Social, sito en C/ Princesa, 3, Planta 3 - 28008, el día 27/06/2019, a las 09:20 horas, que solo versará sobre la falta de readmisión en debida forma que se ha alegado, a la que deberán acudir con todos los medios de prueba de que intenten valerse en orden a esa cuestión. Cíteselas en legal forma a tal fin, quedando advertidas de que si no acudiese la parte demandante (por sí o debidamente representada), se la tendrá por desistida de su petición, en tanto que si el ausente fuese el empresario (por sí o legalmente representado), el acto se celebrará sin su presencia, resolución contra la que cabe interponer recurso de reposición en el plazo de los tres días siguientes a su publicación.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN Y CITACIÓN EN LEGAL FORMA a INVERSIONES MARÍA ALMUDENA 29 SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a veinticuatro de abril de dos mil diecinueve.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/15.936/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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