Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 107

Fecha del Boletín 
07-05-2019

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190507-63

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE ALCORCÓN NÚMERO 7

63
Alcorcón número 7. Procedimiento 447 de 2017, notificación a Ángel Vicente Cadena Samaniego

EDICTO

En este Juzgado se siguen autos de procedimiento juicio cambiario número 447 de 2017 entre Excelsa Mediterránea, S. L., y don Ángel Vicente Cadena Samaniego, en reclamación de cantidad, en cuyos autos se ha dictado la siguiente resolución:

Parte dispositiva:

Se despacha, a instancias de la procuradora doña Sara Martín Moreno, en nombre y representación de Excelsa Mediterránea, S. L., parte ejecutante, ejecución frente a doña Ángel Vicente Cadena Samaniego, parte ejecutada, por las siguientes cantidades: 316,20 euros en concepto de principal y de 0,00 euros, en concepto de intereses de demora, gastos y costas, pendiente esta última cantidad de ulterior liquidación, cuya ejecución se sustanciará conforme a lo previsto para la ejecución de las resoluciones judiciales o arbitrales.

Los bienes embargados preventivamente se realizarán, a instancias de la parte demandante, conforme a lo previsto en la Ley de Enjuiciamiento Civil para el procedimiento de apremio.

Se declara finalizado el presente juicio cambiario y firme que sea la presente, líbrese oficio a Decanato, al que se acompañará testimonio de la presente resolución a fin de que el presente procedimiento sea registrado como ejecución.

Elevar a definitivos los embargos preventivos acordados por resolución de fecha 26 de octubre de 2017.

Líbrese testimonio de la presente resolución para su unión a los autos y llévese el

original al libro correspondiente.

Esta resolución es firme y contra la misma no cabe recurso alguno (artículo 551.2 de la LEC), sin perjuicio de que el/los deudor/es pueda/n oponerse a la ejecución despachada dentro de los diez días siguientes a la notificación del auto, por alguno de los motivos señalados en el artículo 556.1 de la LEC, pero con los efectos previstos en el apartado 2 del mismo precepto.

Y para que sirva de notificación a don Ángel Vicente Cadena Samaniego, expido y firmo la presente en Alcorcón, a 24 de enero de 2019.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(02/14.343/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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