Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 107

Fecha del Boletín 
07-05-2019

Sección 3.10.20M: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190507-35

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MÓSTOLES

RÉGIMEN ECONÓMICO

35
Móstoles. Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones

Extracto de la convocatoria pública de Subvenciones del Área de Participación Ciudadana a Asociaciones de Vecinos Ejercicio 2019.

BDNS (Identif.): 451749

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):

Primero. Beneficiarios.—Entidades ciudadanas de vecinos sin ánimo de lucro inscritas, con un año de antigüedad como mínimo, en el Registro Municipal de Asociaciones del Ayuntamiento de Móstoles.

No tendrán la condición de beneficiarios las Entidades en las que concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Segundo. Objeto.—El objetivo de esta convocatoria es la regulación de la concesión de las subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, otorgadas por el Área de Participación Ciudadana del Ayuntamiento de Móstoles, dirigidas al fomento del asociacionismo y la participación ciudadana en el término municipal.

Tercero. Bases Reguladoras.—Bases Generales reguladoras de Concesión de Subvenciones del Área de Participación Ciudadana a Asociaciones de Vecinos, publicadas en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 54 de fecha 5 de marzo de 2019.

Cuarto. Cuantía.—Las subvenciones que se concedan conforme a la presente convocatoria, se imputarán al Programa y Partida del Área de Participación Ciudadana de la Concejalía de Juventud y Participación Ciudadana, 50-9242-48905, del Presupuesto de Gastos del Ejercicio 2019, cuyo importe asciende a 82.241 euros.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—El plazo de presentación de solicitudes se establece en veinte días hábiles contados desde el siguiente a la fecha de publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID del extracto de la convocatoria.

Sexto. Otros datos.—Las entidades ciudadanas de vecinos solicitantes deberán presentar, junto a la solicitud, la documentación que se ajustará al modelo normalizado del Anexo I de la convocatoria.

En Móstoles, a 25 de abril de 2019.—La concejala de Juventud y Participación Ciudadana, Aránzazu Fernández Castelló.

(03/15.455/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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