Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 101

Fecha del Boletín 
30-04-2019

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190430-89

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 20

89
Madrid número 20. Procedimiento 327 de 2014, notificación a Avances, S. L., y otros

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. ALMUDENA ORTIZ MARTIN LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 20 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 327/2014 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. ROBERTO REY GARCIA, D./Dña. OSCAR SANCHEZ ALONSO, D./Dña. DANIEL MORALES HERRERA y D./Dña. JAVIER EXPOSITO MARTIN frente a LLONER INGENIERIA SL, AVANCES SL, COMERCIAL MADRILEÑA DE INSTALACIONES SL y INGENIERIA DE APLICACIONES Y SOLUCIONES DEL AGUA SL sobre Despidos / Ceses en general se ha dictado la siguiente resolución:

PARTE DISPOSITIVA

Se acuerda el archivo definitivo de la demanda presentada por ROBERTO REY GARCIA, OSCAR SANCHEZ ALONSO, DANIEL MORALES,HERRERA, JAVIER EXPOSITO MARTIN contra COMERCIAL MADRILEÑA DE INSTALACIONES SL, LLONER INGENIERIA SL, AVANCES SL, INGENIERIA DE APLICACIONES Y SOLUCIONES DEL AGUA SL.

MODO DE IMPUGNACION: mediante recurso de REPOSICION ante este Juzgado dentro de los TRES días hábiles siguientes al de su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 Euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad BANCO DE SANTANDER número de cuenta 2518-0000-61-0327-14.

Así, por éste su Auto, lo acuerda, manda y firma, el Ilmo. Sr. Magistrado - Juez

D./Dña. TERESA ORELLANA CARRASCO.

EL MAGISTRADO-JUEZ

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a AVANCES SL, LLONER INGENIERIA SL y COMERCIAL MADRILEÑA DE INSTALACIONES SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a veintiocho de marzo de dos mil diecinueve.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/13.483/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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