Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 101

Fecha del Boletín 
30-04-2019

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190430-84

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 14

84
Madrid número 14. Procedimiento 984 de 2018, notificación a Solectra Instalaciones Eléctricas, S. L.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. MARIA ANGELES CHARRIEL ARDEBOL LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 14 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 984/2018 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. JUAN LUIS SANCHEZ PLAZA frente a SOLECTRA INSTALACIONES ELECTRICAS SL, D./Dña. OLASO MONICA USON y FOGASA sobre Despidos / Ceses en general se ha dictado la siguiente resolución:

SENTENCIA nº 44/2019

En Madrid, a 13 de febrero de 2018.

F A L L O

Que debo dictar sentencia con los siguientes pronunciamientos:

1.- Que estimando la acción de despido improcedente interpuesta por D. JUAN LUIS SANCHEZ PLAZA contra SOLECTRA INSTALACIONES ELECTRICAS, SL, DÑA. MONICA USON OLASO, ADMINISTRADORA CONCURSAL y FOGASA debo declarar y declaro la improcedencia del despido de fecha 10 de agosto de 2018, del que el demandante fue objeto, condenando a SOLECTRA INSTALACIONES ELECTRICAS, SL a estar y pasar por esta declaración

2.- Declaro extinguida la relación laboral que les unía con efectos del día 10 de agosto de 2018.

3.- Condeno a SOLECTRA INSTALACIONES ELECTRICAS, SL, y subsidiariamente a FOGASA con los límites del art. 33 del ET, conforme se establece en el fundamento de derecho sexto, a abonar a D. JUAN LUIS SANCHEZ PLAZA la cantidad de 32.686,76 euros en concepto de indemnización.

4.- Que estimo la reclamación de cantidad interpuesta por D. JUAN LUIS SANCHEZ PLAZA contra SOLECTRA INSTALACIONES ELECTRICAS, SL, DÑA. MONICA USON OLASO, ADMINISTRADORA CONCURSAL y FOGASA, debo condenar y condeno a SOLECTRA INSTALACIONES ELECTRICAS, SL, y subsidiariamente a FOGASA con los límites del art. 33 del ET, a pagar a D. JUAN LUIS SANCHEZ PLAZA la cantidad de 741,22 euros brutos, por los conceptos establecidos en el hecho probado cuarto.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciendo saber que contra ella cabe interponer recurso de suplicación, que deberá ser anunciado por comparecencia o mediante escrito en este juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de la sentencia, o por simple manifestación en el momento de la notificación. Adviértase igualmente al recurrente que no fuera trabajador o beneficiario de justicia gratuita, que deberá depositar la cantidad de 300 euros en la cuenta abierta en BANCO SANTANDER a nombre de este Juzgado nº 14 acreditando mediante la representación del justificante de ingreso en el periodo comprendido hasta la formalización del recurso así como, en el caso de haber sido condenado a alguna cantidad, consignar en la cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado abierta en con nº 2512 0000 65 0984 18 la cantidad objeto de condena o formalizar aval bancario por dicha cantidad en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista, incorporándose a este Juzgado con el anuncio de recurso. En todo caso, el recurrente deberá designar letrado para la tramitación del recurso, al momento de anunciarlo.

Así por esta mi sentencia, que se unirá por su orden al libro de sentencias de este Juzgado, llevándose certificación de la misma a los presentes autos, la pronuncio, mando y firmo.

PUBLICACION.- Leída y publicada fue la anterior sentencia por el Señor Magistrado –Juez D. Arturo Rodríguez Lobato que la suscribe, estando celebrado audiencia pública en el mismo día de su fecha. Doy fe.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a SOLECTRA INSTALACIONES ELECTRICAS SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a cuatro de abril de dos mil diecinueve.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/13.622/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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