Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 101

Fecha del Boletín 
30-04-2019

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190430-121

Páginas: 3


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 34

121
Madrid número 34. Procedimiento 1.001 de 2018, notificación a Dental Global Management, S. L., y otros

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. MARÍA JOSÉ VILLAGRÁN MORIANA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 34 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 1.001/2018 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. ELENA CAROLINA ROCÍO ÁLVAREZ frente a I MADRID DENTAL PROYECTO ODONTOLÓGICO SLU, DENTAL GLOBAL MANAGEMENT, S.L y ERNEST AND YOUNG ABOGADOS SLP sobre Despidos / Ceses en general se ha dictado la siguiente resolución:

SE RECTIFICA LA SENTENCIA DEFINITIVA dictada en los presentes autos con fecha 16 de marzo de 2018, en el sentido siguiente:

SE RECTIFICA EL ENCABEZAMIENTO de la sentencia en el sentido de que DONDE DICE:

“Vistos por la Ilma Sra. Dª BEATRIZ VICTORIA PRADA RODRÍGUEZ, Magistrada-Juez del Juzgado de lo Social nº 34 de Refuerzo de esta capital, los presentes autos nº 1.001/2018, sobre Resolución del Contrato de Trabajo a Instancia del Trabajador y reclamación de Cantidad, seguidos a instancia de Dª ELENA CAROLINA ROCÍO ÁLVAREZ, como demandante, asistida en el procedimiento por la Letrada Dª María Teresa Pérez Cacho Francisco, contra las Empresas I MADRID DENTAL PROYECTO ODONTOLÓGICO, S.L.U, declarada en concurso, así como contra su Administrador Concursal ERNEST AND YOUNG ABOGADOS S.L.P como también frente a la mercantil DENTAL GLOBAL TRAINING, S.L, todos como demandados, que dejaron voluntariamente de comparecer en los autos, se procede a dictar, EN NOMBRE DE S. M EL REY, la presente resolución”.

DEBE DECIR:

“Vistos por la Ilma Sra. Dª BEATRIZ VICTORIA PRADA RODRÍGUEZ, Magistrada-Juez del Juzgado de lo Social nº 34 de Refuerzo de esta capital, los presentes autos nº 1.001/2018, sobre Resolución del Contrato de Trabajo a Instancia del Trabajador y reclamación de Cantidad, seguidos a instancia de Dª ELENA CAROLINA ROCÍO ÁLVAREZ, como demandante, asistida en el procedimiento por la Letrada Dª María Teresa Pérez Cacho Francisco, contra las Empresas I MADRID DENTAL PROYECTO ODONTOLÓGICO, S.L.U, y DENTAL GLOBAL TRAINING, S.L, esta última declarada en concurso, así como contra su Administrador Concursal ERNEST AND YOUNG ABOGADOS S.L.P, todos ellos como demandados, que dejaron voluntariamente de comparecer en los autos, se procede a dictar, EN NOMBRE DE S.M EL REY, la presente resolución”.

SE RECTIFICA EL HECHO PROBADO CUARTO de la Sentencia en el sentido de que DONDE DICE:

“La Empresa I MADRID DENTAL PROYECTO ODONTOLÓGICO, S.L.U fue declarada en concurso de acreedores, designándose como Administrador Concursal a ERNEST AND YOUNG ABOGADOS S.L.P.

DEBE DECIR:

“La Empresa DENTAL GLOBAL MANAGEMENT, S.L fue declarada en concurso de acreedores, designándose como Administrador Concursal a ERNEST AND YOUNG ABOGADOS S.L.P.

SE RECTIFICA EL párrafo tercero del FUNDAMENTO JURÍDICO CUARTO de la sentencia en el sentido de que DONDE DICE:

“La pretensión de extinción ha de ser por ello estimada, con las consecuencias anudadas a ello y previstas en el apartado segundo del propio artículo 50 del ET, correspondiendo al trabajador percibir la indemnización señalada para la improcedencia de su despido, equivalente a 33 días de salario por año de antigüedad. El montante de la indemnización asciende a 1.204,44 euros.

DEBE DECIR:

“La pretensión de extinción ha de ser por ello estimada, con las consecuencias anudadas a ello y previstas en el apartado segundo del propio artículo 50 del ET, correspondiendo al trabajador percibir la indemnización señalada para la improcedencia de su despido, equivalente a 33 días de salario por año de antigüedad. El montante de la indemnización asciende a 3.011,10 euros.

SE RECTIFICA EL FALLO de la sentencia en el sentido de que DONDE DICE:

“ESTIMANDO la demanda formulada por Dª ELENA CAROLINA ROCÍO ÁLVAREZ, contra la Empresa I MADRID DENTAL PROYECTO ODONTOLÓGICO, S.L.U, debo declarar y DECLARO LA EXTINCIÓN DE LA RELACIÓN LABORAL constituida por los anteriores el 01/06/2017 con efectos a partir de la fecha de la presente resolución, CONDENANDO a la demandada a pagar a la trabajadora una indemnización por importe de 1.204,44 euros.

DEBE DECIR:

“ESTIMANDO la demanda formulada por Dª ELENA CAROLINA ROCÍO ÁLVAREZ, contra la Empresa I MADRID DENTAL PROYECTO ODONTOLÓGICO, S.L.U, debo declarar y DECLARO LA EXTINCIÓN DE LA RELACIÓN LABORAL constituida por los anteriores el 01/06/2017 con efectos a partir de la fecha de la presente resolución, CONDENANDO a la demandada a pagar a la trabajadora una indemnización por importe de 3.011,10 euros.

Y DONDE DICE:

“El Administrador Concursal de I MADRID DENTAL PROYECTO ODONTOLÓGICO, S.L.U, ERNEST AND YOUNG ABOGADOS S.L.P deberá estar y pasar por los pronunciamientos anteriores a los efectos concursales oportunos”.

DEBE DECIR:

“El Administrador Concursal de DENTAL GLOBAL MANAGEMENT, S.L, ERNEST AND YOUNG ABOGADOS S.L.P deberá estar y pasar por los pronunciamientos anteriores a los efectos concursales oportunos”.

Quedando inalterados el resto de los pronunciamientos de la resolución dictada.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma no cabe interponer recurso alguno, sin perjuicio del recurso de suplicación que pueda interponerse contra la sentencia definitiva que ha recaído (artículo 215.5 de la LEC).

Contra esta resolución no cabe interponer recurso alguno, sin perjuicio de los recursos que procedan, en su caso, contra la resolución a la que se refiere la aclaración, cuyos plazos comenzarán a computarse el día siguiente a la notificación de este auto.

Incorpórese esta resolución al libro de sentencias y llévese testimonio a los autos.

Así, por este su Auto, lo acuerda, manda y firma, el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez.

D./Dña. BEATRIZ VICTORIA PRADA RODRÍGUEZ.

EL MAGISTRADO-JUEZ

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a DENTAL GLOBAL MANAGEMENT, S.L. e I MADRID DENTAL PROYECTO ODONTOLÓGICO SLU, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a veintidós de marzo de dos mil diecinueve.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/13.576/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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