Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 98

Fecha del Boletín 
26-04-2019

Sección 1.2.36.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190426-5

Páginas: 17


I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal

VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y PORTAVOCÍA DEL GOBIERNO

5
ORDEN 1177/2019, de 10 de abril, de la Vicepresidencia, Consejería de Presidencia y Portavocía del Gobierno, por la que se convocan pruebas selectivas para el acceso a plazas de carácter laboral de la categoría profesional de Educador (Educación Infantil), Grupo III, Nivel 6, Área C, de la Comunidad de Madrid.

De conformidad con lo previsto en el Decreto 41/2016, de 3 de mayo, del Consejo de Gobierno (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 6 de mayo), por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público de la Comunidad de Madrid para el año 2016, y en el ejercicio de las facultades otorgadas por el artículo 2.bis. del Decreto 74/1988, de 23 de junio, por el que se atribuyen competencias entre los Órganos de la Administración de la Comunidad, de sus Organismos Autónomos, Órganos de Gestión y Empresas Públicas en materia de personal, en relación con el Decreto 87/2018, de 12 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Vicepresidencia, Consejería de Presidencia y Portavocía del Gobierno (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 14 de junio), esta Consejería ha resuelto convocar pruebas selectivas para el acceso a plazas de carácter laboral de la Categoría Profesional de Educador (Educación Infantil), Grupo III, Nivel 6, Área C, de la Comunidad de Madrid, con sujeción a las siguientes,

BASES COMUNES

Resultará de aplicación al proceso selectivo objeto de la presente convocatoria lo dispuesto en la Orden 913/2019, de 26 de marzo, de la Vicepresidencia, Consejería de Presidencia y Portavocía del Gobierno, por la que se aprueban las bases generales por las que se regirán las convocatorias de procesos selectivos de personal laboral de nuevo ingreso al servicio de la administración de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 3 de abril).

BASES ESPECÍFICAS

Primera

Normas generales

Se convocan pruebas selectivas para la cobertura de 57 plazas de carácter laboral de la categoría profesional de Educador (Educación Infantil), Grupo III, Nivel 6, Área C, de la Comunidad de Madrid, para su provisión por el sistema de acceso libre.

La totalidad de las plazas indicadas se encuentran vinculadas a la Oferta de Empleo Público de la Comunidad de Madrid para el año 2016, aprobada mediante el Decreto 41/2016, de 3 de mayo, del Consejo de Gobierno (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 6 de mayo).

Segunda

Interesados

Para ser admitidos y, en su caso, tomar parte en las pruebas selectivas, bastará con que los aspirantes manifiesten en sus solicitudes de participación que reúnen, además de los requisitos que se recogen en la base 6.1. de la Orden 913/2019, de 26 de marzo, los siguientes:

— Estar en posesión o en condiciones de obtener en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, cualquiera de las titulaciones que se indican a continuación:

• Título de Técnico Superior en Educación Infantil (Formación Profesional de Grado Superior, Familia Profesional Servicios Socioculturales y a la Comunidad).

• Título de Técnico Especialista en Jardines de Infancia (Formación Profesional de Segundo Grado, Rama Servicios a la Comunidad).

• Título de Técnico Especialista en Educador Infantil (Módulo Profesional de Nivel III, rama Servicios a la Comunidad).

— No ostentar la condición de personal laboral fijo de la Comunidad de Madrid en la misma categoría profesional sobre la que versa el presente proceso selectivo.

— Dado que las plazas adscritas a la categoría profesional objeto de la presente convocatoria implican contacto habitual con menores, los aspirantes no podrán haber sido condenados por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual, conforme a lo dispuesto en el artículo 13.5 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor, de modificación parcial del Código Civil y de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Los participantes cuya nacionalidad sea distinta de la española, además de no haber sido condenados por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual en España, no podrán haberlo sido en su país de origen o de donde sean nacionales, respecto de los delitos relacionados en el apartado 1 del artículo 3 del Real Decreto 1110/2015, de 11 de diciembre, por el que se regula el Registro Central de Delincuentes Sexuales.

La acreditación de este requisito se efectuará en los términos dispuestos en la base 8.2. de la presente convocatoria.

Tercera

Solicitudes

3.1. La cumplimentación y presentación de solicitudes se ajustará a lo establecido en la base octava de la Orden 913/2019, de 26 de marzo.

3.2. Las solicitudes para participar en estas pruebas selectivas se deberán cumplimentar por medios electrónicos, a través de la página web de la Comunidad de Madrid, a la que se accederá a través del enlace: http://www.comunidad.madrid/servicios/empleo/oposiciones-administracion-..., seleccionando dentro de Secciones “Personal Laboral”, la Categoría profesional objeto de la presente convocatoria y cumplimentando el formulario de solicitud, previo pago, en su caso, de la tasa por derechos de examen a que se refiere la base cuarta.

Cumplimentación y presentación de la solicitud:

A. Cumplimentación electrónica y presentación telemática de la solicitud. En la ventana de identificación del proceso selectivo, deberá seleccionarse la opción de identificación Acceso con certificado. Se necesita disponer de DNIe o uno de los certificados electrónicos reconocidos por la Comunidad de Madrid y tener instalada la aplicación “Autofirma”, que podrá descargarse desde la sección “Ayuda y requisitos”.

Además, deberá adjuntarse a la solicitud la documentación que corresponda de entre la que se indica en la base 3.3. de la presente convocatoria.

B. Cumplimentación electrónica y gestión presencial de la solicitud. En la ventana de identificación del proceso selectivo, deberá seleccionarse la opción de identificación Acceso sin certificado. Mediante este acceso, será redirigido sin solicitarle ningún método de autenticación, al formulario de solicitud. Una vez cumplimentado, se le permitirá previsualizarlo y posteriormente generarlo en formato PDF. Deberá guardar el documento, imprimirlo y firmarlo para posteriormente poder ser presentado preferentemente en cualquiera de las oficinas de asistencia en materia de registro, que pueden consultarse en el siguiente enlace http://www.comunidad.madrid/servicios/informacion-atencion-ciudadano/red... madrid.

Además, deberá adjuntarse a la solicitud la documentación que corresponda de entre la que se indica en la base 3.3. de la presente convocatoria.

No producirán efectos ante la Administración las modificaciones y adiciones realizadas en la solicitud con posterioridad a su impresión.

3.3. Documentación a adjuntar a las solicitudes.

Los aspirantes deberán acompañar a las solicitudes de participación la documentación que corresponda de entre la que se indica a continuación:

a) El ejemplar para la Administración del impreso modelo 030, acreditativo de haber abonado la tasa por derechos de examen y/o, en su caso, la documentación acreditativa de la exención parcial o total del pago de la misma, todo ello en la forma y términos dispuestos en la base 8.2. de la Orden 913/2019, de 26 de marzo.

b) Las personas que pudieran precisar adaptaciones de tiempo y/o medios para la realización de alguno de los ejercicios de que consta el proceso, deberán presentar la documentación que acredite la necesidad de las adaptaciones solicitadas, que habrá de ser aportada en la forma y términos establecidos en la base 8.6. de la Orden 913/2019, de 26 de marzo.

c) Únicamente en aquellos casos en que la solicitud se presente y/o firme por medio de representante que actúa en nombre del aspirante, se deberá aportar la correspondiente autorización en el modelo establecido al efecto y que se encuentra disponible siguiendo la secuencia ya indicada en la base 3.2. de la presente Orden.

Cuarta

Tasa por derechos de examen

En cuanto al pago de la tasa por derechos de examen, se estará a lo dispuesto en la base 8.2. de la Orden 913/2019, de 26 de marzo, haciendo constar en el motivo de la liquidación: “acceso a plazas de laboral, Educador (Educación Infantil)”.

Salvo que resulte de aplicación alguna de las exenciones totales recogidas en dicha base, quienes soliciten participar en las pruebas selectivas deberán liquidar, en la forma establecida en la misma, la tasa por derechos de examen en procesos selectivos para ingreso en el Subgrupo C1/Grupo Profesional III de los que se deriva la formación de bolsa de trabajo, y que asciende a 21,11 euros. Para quienes sean miembros de familias numerosas de categoría general, el importe de la tasa será de 10,55 euros.

Quinta

Tribunal Calificador

El Tribunal Calificador de este proceso selectivo será designado por Resolución de la Dirección General de Función Pública, que se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y, a efectos de cobro de indemnizaciones por razón del servicio, quedará incluido en la categoría segunda, rigiéndose por lo establecido en la base décima de la Orden 913/2019, de 26 de marzo.

Sexta

Sistema de selección

6.1. El sistema selectivo será el de oposición.

6.2. El desarrollo de la oposición se regirá por lo dispuesto en la base decimosegunda de la Orden 913/2019, de 26 de marzo, y por el programa que figura como Anexo de la presente convocatoria.

6.3. La oposición estará integrada por los ejercicios que a continuación se indican, todos y cada uno de ellos eliminatorios:

6.3.1. Primer ejercicio.

— Consistirá en contestar por escrito un cuestionario tipo test propuesto por el Tribunal, compuesto por 70 preguntas sobre el contenido del programa, de las cuales las 10 primeras versarán sobre el temario general, y las 60 restantes sobre el temario específico.

— Para cada pregunta se propondrán cuatro respuestas alternativas, siendo sólo una de ellas la correcta. Cada pregunta contestada correctamente se valorará en positivo; la pregunta no contestada, es decir, que figuren las cuatro letras en blanco o con más de una opción de respuesta, no tendrá valoración, y la pregunta con contestación errónea se penalizará con la tercera parte del valor asignado a la contestación correcta.

— El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de 70 minutos.

6.3.2. Segundo ejercicio.

— Consistirá en la resolución por escrito de dos supuestos de carácter práctico propuestos por el Tribunal, desglosados en preguntas cortas cada uno de ellos. Estos supuestos irán dirigidos a apreciar la capacidad de los aspirantes para realizar tareas relacionadas con los contenidos de las materias del temario específico del programa.

6.4. El orden de actuación de los opositores se iniciará alfabéticamente por el primer aspirante cuyo primer apellido comience por la letra “M”, de conformidad con la Resolución de 3 de mayo de 2016, de la Dirección General de Función Pública (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 11 de mayo).

6.5. El primer ejercicio podrá comenzar a partir del mes de septiembre de 2019, sin que, en ningún caso, puedan transcurrir más de dos meses entre la sesión de constitución del Tribunal Calificador y la celebración del mismo. A efectos del cómputo del plazo de los dos meses se entenderán excluidos los meses de julio y agosto y el período de tiempo transcurrido entre el 15 de diciembre y el 15 de enero del año siguiente.

La fecha y lugar exacto de celebración del primer ejercicio se determinarán en la Resolución por la que se aprueben las relaciones definitivas de aspirantes admitidos y excluidos del proceso selectivo.

La publicación del anuncio de celebración del segundo ejercicio, así como la de la lista de aprobados/as de los ejercicios integrantes de la oposición, se efectuará en los tablones de anuncios de las oficinas de asistencia en materia de registro, cuyas direcciones pueden consultarse en la página web: http://www.comunidad.madrid/servicios/información-atencion-ciudadano/red-oficinas-comunidad-madrid, y en cualquier otro lugar que el Tribunal considere conveniente para su mejor difusión entre los interesados, sin perjuicio de encontrarse, igualmente, disponible dicha información en la página web de la Comunidad de Madrid.

Séptima

Calificación del proceso selectivo

7.1. Para la calificación de los ejercicios de la oposición el Tribunal se ajustará a lo previsto en la base decimotercera de la Orden 913/2019, de 26 de marzo, y a lo establecido en la presente base.

7.2. Los ejercicios de la oposición se calificarán de la forma siguiente:

7.2.1. Primer ejercicio: Se calificará de cero a cuarenta puntos, siendo necesario para superarlo obtener un mínimo de veinte puntos.

7.2.2. Segundo ejercicio: Se calificará de cero a cuarenta puntos, siendo necesario para superarlo obtener un mínimo de veinte puntos.

7.3. Calificación final. A efectos de la calificación final del proceso, el Tribunal se ajustará a lo previsto en la base decimocuarta de la Orden 913/2019, de 26 de marzo, viniendo determinada dicha calificación final por la media ponderada de las calificaciones obtenidas en los ejercicios que conforman la oposición, correspondiendo el 40 por 100 al primer ejercicio y el 60 por 100 al segundo ejercicio, ordenándose a los aspirantes de forma decreciente, conforme a la citada calificación final.

En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a los siguientes criterios:

1.o Mayor calificación obtenida en el segundo y primer ejercicio, por este orden.

2.o De continuar el empate, se deshará mediante la celebración por parte del Tribunal de un sorteo público, que se anunciará con la suficiente antelación.

Octava

Lista de aprobados del proceso selectivo y acreditación del cumplimiento de requisitos

8.1. El Tribunal hará pública, conforme a lo establecido en la base decimocuarta de la Orden 913/2019, de 26 de marzo, la relación de aspirantes que han superado el proceso selectivo, indicando los siguientes extremos:

— Número de orden obtenido en el proceso selectivo, de acuerdo con la puntuación total alcanzada; datos personales en los términos dispuestos en la normativa de aplicación.

— Calificaciones obtenidas en cada ejercicio de la oposición.

— Calificación final.

8.2. En cuanto a la acreditación del cumplimiento de requisitos por parte de los aspirantes que hayan superado el proceso selectivo, se estará a lo dispuesto en las bases 14.6. a 14.9. de la Orden 913/2019, de 26 de marzo.

A tal efecto, en lo que respecta a la acreditación del requisito de no haber sido condenados por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual, conforme a lo dispuesto en el artículo 13.5 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, los aspirantes deberán aportar copia de la certificación negativa del Registro Central de Delincuentes Sexuales.

No obstante lo anterior, y siempre que esa información esté disponible en la plataforma de intermediación de datos de las Administraciones Públicas, se obtendrá de oficio aquélla, salvo que el interesado se opusiera a ello, en cuyo caso deberá aportar la mencionada certificación negativa.

Los aspirantes cuya nacionalidad sea distinta de la española, deberán acreditar, además de la certificación negativa del Registro Central de Delincuentes Sexuales referida al Estado español, la certificación negativa de condenas penales expedida por las autoridades de su país de origen o de donde sean nacionales, respecto de los delitos relacionados en el apartado 1 del artículo 3 del Real Decreto 1110/2015, de 11 de diciembre, por el que se regula el Registro Central de Delincuentes Sexuales.

En el caso de que el citado certificado no se encontrara redactado en lengua castellana, deberá acompañarse de su traducción oficial o jurada, realizada por traductor jurado o validada por el consulado u oficina diplomática correspondiente.

Novena

Adjudicación de destinos y formalización de contratos

9.1. Concluido el proceso selectivo, a quienes lo hubieran superado y acreditado el cumplimiento de los requisitos exigidos en la convocatoria, se les formalizará el correspondiente contrato como personal laboral de la Comunidad de Madrid en la categoría profesional de Educador (Educación Infantil), todo ello de acuerdo con lo establecido en la base decimoquinta de la Orden 913/2019, de 26 de marzo.

9.2. Las plazas a ofertar a los aspirantes que superen el presente proceso selectivo, serán aquellas que queden desiertas o vacantes como consecuencia de la resolución del primer concurso de traslados en el que se incluyan plazas de la categoría profesional objeto de la presente convocatoria.

Décima

Bolsa de trabajo a efectos de contrataciones temporales

10.1. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 44 del vigente Convenio Colectivo para el personal laboral al servicio de la Comunidad de Madrid, y en la base decimosexta de la Orden 913/2019, de 26 de marzo, se procederá a la constitución y aprobación de una bolsa de trabajo, con aquellos aspirantes que hayan obtenido una calificación mínima de 8 puntos en el primer ejercicio de la oposición, salvo que manifiesten expresamente su voluntad de no formar parte de dicha bolsa.

El orden de los aspirantes en la bolsa de trabajo vendrá determinado por los criterios que seguidamente se indican:

— Media ponderada de las puntuaciones obtenidas en los ejercicios superados de la oposición, correspondiendo el 40% al primer ejercicio y el 60 % al segundo ejercicio.

— 40 % de la puntuación obtenida en el primer ejercicio de la oposición, teniendo en cuenta la calificación mínima de 8 puntos en dicho ejercicio necesaria para la inclusión en la bolsa de trabajo.

En caso de igualdad de puntuación, se atenderá a los siguientes criterios:

— Mayor calificación obtenida en el segundo y primer ejercicio, por este orden.

— El orden alfabético a partir de la letra prevista en la base 6.4. de esta convocatoria.

Undécima

Recursos

Los actos administrativos que se deriven de la presente convocatoria, así como las actuaciones del Tribunal Calificador, podrán ser impugnados en los casos y en la forma establecida en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, los interesados podrán interponer con carácter potestativo recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante la Vicepresidencia, Consejería de Presidencia y Portavocía del Gobierno, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre, o bien, directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 10 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ambos plazos contados a partir del día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, significándose que en caso de interponer recurso de reposición no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.

Madrid, a 10 de abril de 2019.—El Vicepresidente, Consejero de Presidencia y Portavocía del Gobierno, PD (Orden 1/2018, de 30 de mayo; BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 1 de junio de 2018), la Viceconsejera de Presidencia, Blanca María Pinedo Texidor.

PROGRAMA CORRESPONDIENTE A LAS PRUEBAS SELECTIVAS PARA EL ACCESO A PLAZAS DE CARACTER LABORAL, DE LA CATEGORIA PROFESIONAL DE EDUCADOR (EDUCACIÓN INFANTIL), GRUPO III, AREA C, NIVEL 6

Temario general

1. La Constitución Española de 1978: Estructura y características. Los principios constitucionales y los valores superiores. Derechos y deberes fundamentales. Su garantía y suspensión.

2. La Corona. Las Cortes Generales: Composición, atribuciones y funcionamiento del Congreso de los Diputados y del Senado.

3. Organización territorial del Estado. Las Comunidades Autónomas: Organización y competencias. Los Estatutos de Autonomía. La Administración Local.

4. La Comunidad de Madrid (I). El Estatuto de Autonomía: Estructura y contenido. Las competencias de la Comunidad de Madrid: Potestad legislativa, potestad reglamentaria y función ejecutiva. La Asamblea de Madrid: Composición, funciones y potestades.

5. La Comunidad de Madrid (II): La Ley de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid: Estructura y contenido. La Presidencia y el Gobierno de la Comunidad de Madrid. La Administración Autonómica: Organización y estructura básica. Las Consejerías, Organismos Autónomos y Entes que integran la misma.

6. El principio de igualdad entre mujeres y hombres. La tutela contra la discriminación. El marco normativo para la promoción de la igualdad de género y para la protección integral contra la violencia de género, la LGTBIfobia y la discriminación por razón de orientación e identidad sexual. Especial referencia a la Comunidad de Madrid.

7. Información Administrativa y atención al ciudadano en la Comunidad de Madrid en los canales presencial, electrónico y telefónico. La Administración electrónica. La identificación y autenticación de las personas físicas y jurídicas para las diferentes actuaciones en la gestión electrónica. Especial referencia a la administración electrónica en la Comunidad de Madrid.

8. El Convenio colectivo Único para el Personal Laboral al servicio de la Administración de la Comunidad de Madrid.

Temario específico

1. Diferentes modalidades de atención a la infancia en España, en la Unión Europea y otros países relevantes. Influencia de las principales tendencias pedagógicas y psicológicas en la Educación Infantil. Visión actual de sus aportaciones.

2. La Escuela Infantil en el Sistema Educativo Español. Marco legal básico. Ámbito estatal, autonómico y local.

3. La infancia. Derechos y protección a la infancia. Normativa estatal y autonómica. Organismos internacionales relacionados con la infancia. Recursos de intervención. Programas y servicios de atención a la infancia. Sistema y medidas de protección.

4. La infancia en situación de riesgo social. Detección del riesgo social. El maltrato infantil: detección y notificación del maltrato infantil. Programas de apoyo a menores en situación de riesgo y maltrato. Evaluación de la intervención socioeducativa con menores.

5. La Educación Infantil, sentido y finalidad. Características de la etapa de cero a seis años. Teoría curricular y niveles de concreción. Ciclos y áreas. Marco legal que la regula en la Comunidad de Madrid.

6. La organización de las Escuelas de Educación Infantil. Órganos de gobierno. Equipo educativo. Participación de la comunidad educativa. Desarrollo normativo del ámbito estatal y de la Comunidad de Madrid.

7. Documentos organizativos de una Escuela de Educación Infantil. Proyecto Educativo de Centro. Elementos fundamentales. El trabajo en equipo y la participación como estrategia de elaboración y evaluación del Proyecto Educativo de Centro.

8. Teoría curricular: Definición, funciones y tipos de currículo. Elementos y características del currículo de educación infantil. Fuentes del mismo. Niveles de concreción curricular.

9. La Propuesta Pedagógica de una Escuela de Educación Infantil. Adecuación de objetivos generales. Secuencia y organización de contenidos. Estrategias metodológicas y de evaluación. Otras decisiones. Proceso de elaboración. Programación en el Primer Ciclo de Educación Infantil.

10. Principios de intervención educativa. El enfoque globalizador. Sentido y significatividad del aprendizaje. Actividad constructiva. Metodologías. La observación y la experimentación.

11. Análisis del contexto de la intervención educativa. Diseño de la intervención. Estrategias metodológicas. Espacios, tiempos y recursos en la intervención educativa. Organización de actividades.

12. La evaluación en la Escuela Infantil: fines, funciones y tipos. Procedimientos e instrumentos. Importancia de la evaluación inicial. La observación. Información a las familias y/u otros agentes.

13. La atención a la diversidad en los centros infantiles. Factores de diversidad en la infancia. La atención a las necesidades educativas especiales. Normativa en la Comunidad de Madrid. Colaboración centro-familia-otros agentes externos.

14. Perfil del Técnico Superior en Educación Infantil: funciones, valores, capacidades y actitudes. La colaboración con otros profesionales. Técnicas que favorezcan la relación social y la comunicación. Dinamización del trabajo en grupo. Conducción de reuniones. Gestión de conflictos y toma de decisiones.

15. Planificación del período de adaptación. Dificultades más frecuentes en este proceso. Papel de la familia y el equipo docente.

16. El juego en el desarrollo del niño. Evolución y tipos. El juego como metodología. Actividades de juego. Materiales y recursos lúdicos. Evaluación de estas actividades.

17. La familia. Evolución. Relación familia-escuela. Cauces de comunicación y participación en los centros. La educación de los niños y niñas como tarea compartida. Evaluación de la intervención con familias. Técnicas e instrumentos de recogida de información.

18. Desarrollo del niño y la niña de cero a seis años. Características generales del desarrollo. Principales factores que intervienen. Etapas y momentos más significativos. El desarrollo sensorio-motor y cognitivo en la infancia. Estrategias, actividades y recursos en estos ámbitos. Alteraciones más frecuentes.

19. El desarrollo afectivo emocional en los niños y niñas de cero a seis años. La construcción de identidad personal. La conquista de la autonomía. Individualización y socialización. La relación afectiva como base de aprendizaje. El papel de los adultos. Proceso evolutivo de la sexualidad infantil. Diseño de programas, actividades y estrategias para la educación afectivo-emocional.

20. Teorías del desarrollo social. El apego. El niño descubre a los otros. Necesidad de comunicación. La vida en el grupo-clase. Principales conflictos de la vida en grupo. Características y educación de la moralidad infantil. Teorías explicativas. Importancia de la adquisición de hábitos de conducta. Normas y límites. Diseño de programas, actividades y estrategias para la educación social y en valores.

21. La psicomotricidad: Características y evolución desde el nacimiento hasta los seis años. La función globalizadora de la psicomotricidad. Análisis del esquema corporal y su evolución. Análisis de la motricidad gráfica y su evolución. La estructuración espacio-temporal. La lateralidad. Trastornos psicomotores y clasificación. Puesta en práctica de actividades de intervención. Evaluación del proceso y resultado de la intervención.

22. Desarrollo del lenguaje y la comunicación. Teorías explicativas. Factores condicionantes. Evolución de la comprensión y la expresión. Evolución del lenguaje hasta los seis años. La comunicación prelingüística. Problemas más frecuentes en la adquisición del lenguaje. Estrategias de actuación y recursos.

23. Estrategias y recursos para el desarrollo del lenguaje oral. Actitudes que favorecen la comunicación. Diálogos, conversación y narración. Juegos de lenguaje. Literatura infantil: géneros y criterios de selección. El cuento: su valor educativo. Géneros de cuentos. Actividades a desarrollar a partir de los recursos literarios.

24. El aprendizaje de la lengua inglesa en edades tempranas. Modelos didácticos específicos. Peculiaridades de la enseñanza de inglés en la edad temprana. Estrategias y actividades favorecedoras de la expresión oral en lengua inglesa. Bilingüismo y Escuela Infantil. Elementos de la planificación: objetivos, metodología, actividades, recursos y evaluación.

25. La nutrición del niño desde el nacimiento hasta los seis años. Dieta equilibrada. Manipulación higiénica de alimentos. Trastornos relacionados con la alimentación. Principales afecciones alimenticias: alergias e intolerancias. Necesidades según la edad. Las horas de comer como momentos educativos.

26. La higiene como elemento de salud en el entorno familiar y escolar. Adquisición de hábitos de higiene en la infancia. La higiene como momento educativo. El control de esfínteres, sus trastornos y abordaje. Criterios para la organización de espacios de higiene personal.

27. Actividad física, mental y salud. Actividad y descanso. Necesidades y ritmos de sueño de cero a seis años. Criterios educativos. La fatiga infantil. Trastornos del sueño, su abordaje. Diseño de espacios apropiados para el sueño.

28. Expresión musical: el sonido y el silencio. Cualidades del sonido. El ritmo. La música en las actividades infantiles. Instrumentos musicales y clasificación. La canción. La audición musical. La educación vocal y técnicas. El folklore y las danzas.

29. Expresión plástica como medio de comunicación y creatividad. Desarrollo infantil a través de la expresión plástica. Evolución de la expresión gráfica en el niño. Principios y estrategias metodológicas. Criterios de selección de recursos.

30. La expresión lógico-matemática. Desarrollo del pensamiento lógico matemático infantil. Aproximación a conceptos lógico matemáticos. Selección de estrategias metodológicas.

31. El niño y la cultura audiovisual. Las tecnologías de la información y la comunicación como recurso para la expresión y comunicación infantil. Criterios de selección y utilización de materiales audiovisuales e informáticos.

32. Primeros auxilios: concepto, definición y objetivos. Marco legal: aspectos éticos y jurídicos. Terminología médico-sanitaria básica en primeros auxilios, Actuación del Educador Infantil. Signos y síntomas de urgencia. Tipos de accidentes. Creación de entornos seguros y de autoprotección en el aula.

















(01/14.740/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.2.36.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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