Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 94

Fecha del Boletín 
22-04-2019

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190422-92

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MÓSTOLES NÚMERO 5

92
Móstoles número 5. Procedimiento 1.176 de 2016, notificación a María Isabel Rodríguez Peláez

EDICTO

En este Juzgado se han visto los presentes autos de procedimiento ordinario número 1.176 de 2016, a instancias de don Pedro Luis Sigüenza Peña, contra doña María Isabel Rodríguez Peláez.

Que en fecha 26 de abril de 2017 ha recaído sentencia, que está a disposición del demandado en la secretaría de este Juzgado, y de la que se adjunta a continuación el fallo de la misma:

Fallo

Que, estimando la demanda interpuesta por la procuradora señora Casas, en nombre y representación de don Pedro Luis Sigüenza Peña, en los autos de juicio ordinario seguido contra doña María Isabel Rodríguez Peláez, debo condenar y condeno a dicha demandada a abonar al actor la suma de 600 euros, cantidad que devengará el interés legal desde el 31 de agosto de 2016 (un mes después de la entrega de las llaves) hasta la sentencia, como indemnización de perjuicios por la mora del deudor.

Procede imponer las costas a la parte demandada.

De conformidad con lo establecido en los artículos 455 y 458 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, la presente sentencia es susceptible de recurso de apelación que deberá interponerse en este Juzgado en el plazo de veinte días, a contar desde el siguiente a su notificación.

De conformidad con lo establecido en el apartado 3 de la disposición adicional decimoquinta de la LOPJ introducida por la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, se pone en conocimiento de las partes que para la admisión del recurso de apelación será necesario que en el momento de su preparación se haya consignado en la cuenta de depósitos y consignaciones de este Juzgado, la cantidad de 50 euros, debiendo acompañar el justificante acreditativo de dicho ingreso.

Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación.—Leída y publicada fue la anterior sentencia por el propio juez que la suscribe, hallándose celebrando en audiencia pública en el mismo día de su pronunciamiento. Doy fe.

Y para que sirva de notificación a doña María Isabel Rodríguez Peláez, expido y firmo la presente.

En Móstoles, a 16 de enero de 2019.—El/la letrado/a de la Administración de Justicia (firmado).

(03/12.519/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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