Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 94

Fecha del Boletín 
22-04-2019

Sección 3.10.30: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190422-75

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

MANCOMUNIDAD DE SERVICIOS LOS OLMOS

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

75
Mancomunidad de Servicios Los Olmos. Organización y funcionamiento. Modificación estatutos Mancomunidad

Habiendo adquirido firmeza el acuerdo de la Junta de Gobierno de la Mancomunidad de Servicios Los Olmos, órgano superior colegiado de la misma, adoptado en sesión ordinaria de fecha 23 de enero de 2019 con el voto favorable de la totalidad de los vocales presentes, que constituyen la mayoría absoluta del número legal de miembros de aquella, relativo a la modificación del artículo 4.1 de los Estatutos de la Entidad, en relación con los fines y actividades de la misma, se publica el texto íntegro de la citada modificación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 70 de la Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Administración Local de la Comunidad de Madrid.

La citada modificación supone la adición de los siguientes párrafos al texto del citado artículo 4.1 de los Estatutos:

“Intervención y rehabilitación de cascos urbanos, así como sobre edificaciones públicas existentes vinculadas a los mismos. Conservación y rehabilitación de la edificación, incluyendo la formulación de planes y programas de actuación que potencien un desarrollo urbano sostenible y equilibrado en los municipios.

Concesión y tramitación de subvenciones para la ejecución de obras o prestación de los servicios a que se refieren los puntos anteriores en los municipios mancomunados, pudiendo suscribir convenios de adhesión con otras Entidades Locales de conformidad con lo previsto en el apartado quinto de este artículo”.

Contra dicho acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Asimismo, podrá interponerse recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de dos meses, igualmente a contar desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, así como cualquier otro recurso que se tenga por conveniente.

Villar del Olmo, a 16 de abril de 2019.—La presidenta, Lucila Toledo Moreno.

(03/14.777/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.30: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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