Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 94

Fecha del Boletín 
22-04-2019

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190422-61

Páginas: 11


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE CUBAS DE LA SAGRA

OFERTAS DE EMPLEO

61
Cubas de la Sagra. Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo

Por Acuerdo adoptado en sesión ordinaria de la Junta de Gobierno Local de 28 de marzo de 2019, se aprobaron las bases y convocatoria para cubrir la plaza de Técnico/a Superior de Medio Ambiente del Ayuntamiento de Cubas de la Sagra, mediante concurso oposición libre, con arreglo a las siguientes:

Bases especificas de la convocatoria para proveer una plaza de técnico superior de Medio Ambiente, como funcionario/a de carrera en la escala de Administración Especial, subescala técnica, gupo A1, concurso-oposición, correspondiente a la oferta de empleo público del ejercicio 2019

Primero. Objeto de la convocatoria y normas generales.—1.1. Objeto de la convocatoria: es objeto de las presentes bases la provisión en propiedad de una plaza de Técnico/a Superior de Medio Ambiente, mediante el sistema de concurso oposición.

La referida plaza se incluye en la Oferta de Empleo Público correspondiente al ejercicio 2019, aprobada por Junta de Gobierno Local en sesión ordinaria celebrada el día 28 de enero de 2019, y publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID núm. 35 de fecha 11 de febrero de 2019, y cuyas características son:

— Grupo según artículo 76 del Real Decreto Legislativo 5/2015: A1; Clasificación: Escala Administración Especial; Subescala: Técnica; Técnico Superior, Número de Vacantes: 1; Denominación: Técnico/a Superior Medio Ambiente.

1.2. Legislación aplicable:

— Real Decreto 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto básico del Empleado Público.

— Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de Bases de Régimen Local.

— Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de régimen local.

— Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado.

— Real Decreto 896/1991. De 7 de junio, por el que se aprueban las reglas básicas y programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los Funcionarios de la Administración Local.

— Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

— Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público.

1.3. Aprobación y publicación de las bases: las presentes bases serán aprobadas en Junta de Gobierno local y se publicarán íntegras en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. El anuncio de la convocatoria se publicará en el “Boletín Oficial del Estado” y deberá contener número y características de las plazas convocadas, así como la fecha y número de Boletín en el que hayan sido publicadas las bases completas.

Todos los restantes anuncios referidos a las convocatorias se publicarán en el tablón de anuncios y en la Sede electrónica del Ayuntamiento de Cubas de la Sagra (https://cubasdelasagra.sedelectronica.es)

Segunda. Condiciones de los aspirantes.—Los aspirantes deberán reunir las siguientes condiciones en el momento que termine el plazo de presentación de instancias:

A) Tener la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el art. 57 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido del Estatuto Básico del Empleado Público.

B) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.

C) Tener cumplidos 16 años de edad y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa. Solo por ley podrá establecerse otra edad máxima distinta a la edad de jubilación forzosa, para el acceso al empleo público.

D) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso de personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

E) No estar inmerso en causa de incompatibilidad de conformidad con lo establecido en la Ley de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas.

F) Estar en posesión del título de Licenciado/a o Grado en Ciencias Ambientales, Ingeniero/a de Montes, Grado en Ingeniería Forestal, Licenciado/a o Graduado en Geología, Licenciado/a o Grado en Ciencias Biológicas o Biología, Ingeniero Agrónomo o equivalentes en el momento de la expiración del plazo para la presentación de solicitudes para participar en el proceso selectivo. En el caso de titulación obtenida en el extranjero deberá acreditarse su homologación por el Ministerio de Educación y Ciencia o cualquier otro órgano de la Administración competente para ello.

Tercera. Solicitudes.—3.1. Forma: las instancias solicitando tomar parte en la presente convocatoria deberán presentarse en el plazo de veinte días naturales, a contar a partir del siguiente a la publicación del anuncio de la convocatoria en el “Boletín Oficial del Estado” y deberán ir acompañadas de:

— Fotocopia del Documento Nacional de Identidad o Número de Identificación de Extranjeros, aportando en este último caso certificado de residencia y de trabajo.

— Fotocopia del documento acreditativo del abono de los derechos de examen.

La presentación de la instancia para la admisión en las pruebas selectivas, supone la declaración de que son ciertos los datos consignados en ellas y que reúne las condiciones exigidas para ingreso en la Función Pública Local y las especialmente señaladas en la convocatoria, debiéndose declarar expresamente con qué titulación superior concurre al proceso selectivo y comprometiéndose a probar documentalmente y una vez superado el proceso todos los datos que sean necesarios.

Las personas que aleguen méritos para ser tenidos en cuenta en la fase de concurso, deberán aportar junto con la instancia y en el plazo de presentación de las mismas, fotocopia de los documentos que sirvan de prueba para su justificación, con relación detallada y numerada de los documentos aportados.

Concluidas las pruebas selectivas, los aspirantes propuestos deberán presentar, junto con los documentos que se relacionan en la base 9.a, los originales de las copias de los méritos alegados, para su comprobación y compulsa.

3.2. Plazo de presentación: el plazo de presentación de solicitudes será de veinte días naturales, contados a partir del siguiente al de publicación del anuncio de la Convocatoria en el “Boletín Oficial del Estado”.

3.3. Lugar de presentación: las instancias se deberán dirigir al Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Cubas de la Sagra y se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento de Cubas de la Sagra, sito en Glorieta Gabino Stuyck, número 3, en horario de 9 a 14 horas de lunes a viernes. Asimismo, las instancias podrán presentarse también en la forma que determina el art. 16 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo común de las Administraciones Públicas.

3.4. Tasa por derechos de examen: la cuantía de la tasa por derechos de examen viene fijada en las Ordenanzas Fiscales del Ayuntamiento de Cubas de la Sagra, siendo en la actualidad para el acceso al Grupo A1 de 45,00 euros.

El importe de la tasa se hará efectivo a través de la cuenta bancaria número ES84 2038 2403 9760 0000 0119 a nombre del Ayuntamiento de Cubas de la Sagra, haciendo mención en el concepto “Proceso selectivo Técnico Superior de Medio Ambiente”.

Tendrán una exención de la cuota:

— Las personas que figuren como demandantes de empleo durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha de convocatoria. Estas personas deberán acompañar a la solicitud estos documentos:

• Certificado de demandante de empleo.

• Declaración jurada de no percibir rentas superiores, en cómputo mensual al salario mínimo interprofesional.

— Las personas con discapacidad de grado igual o superior al 33% debiendo presentar certificado actualizado acreditativo de la discapacidad, expedido por la Dirección General de Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid u otro organismo competente para expedirlos.

La falta de justificación del abono de los derechos de examen dentro del plazo de presentación de instancias determinará la exclusión. En ningún caso, el ingreso en la cuenta indicada en el párrafo segundo de este apartado sustituirá el trámite de presentación de la solicitud en plazo y forma recogido en los apartados 3.1, 3.2 y 3.3.

3.5. Devolución de las tasas: solo procederá a la devolución del importe de la tasa satisfecha cuando, por causas no imputables al sujeto pasivo no tenga lugar la ejecución del procedimiento por el Ayuntamiento, o cuando los ingresos se declaren indebidos por resolución.

3.6. Devolución de documentación presentada: transcurridos dos años desde la finalización del proceso selectivo, el Ayuntamiento podrá determinar la destrucción de las fotocopias adjuntas a las instancias de las personas que no lo hayan superado. Los interesados podrán solicitar, por escrito, en el Registro General del Ayuntamiento, que les sean devueltos los documentos en los que tenga interés, una vez cumplidos los plazos legales de recurso.

Cuarta. Admisión de candidatos.—4.1. Requisitos de admisión: para ser admitidos a las pruebas selectivas bastará con que los aspirantes manifiesten en sus instancias que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas en la base segunda, con declaración expresa de la titulación con la que concurre al proceso selectivo y que quede acreditado el abono de la tasa por derechos de examen en dicho plazo.

4.2. Listado provisional: terminado el plazo de presentación de instancias, se aprobará mediante Resolución de Alcaldía la lista provisional de admitidos y excluidos. La resolución se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en el tablón de anuncios, y en la sede electrónica del Ayuntamiento, concediéndose un plazo de diez días para presentación de reclamaciones a tenor de lo establecido en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 octubre.

4.3. Listado definitivo: una vez finalizado el plazo de subsanación, se dictará Resolución de Alcaldía aprobatoria de la relación definitiva de aspirantes admitidos y excluidos, que deberá exponerse en Sede electrónica y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento.

4.4. El hecho de figurar en la relación de personas admitidas no supone que se reconozca a los interesados la posesión de los requisitos exigidos para participar en el proceso selectivo. Cuando del examen de la documentación que se presenten, en el caso de ser seleccionado, se desprenda que no poseen alguno de los requisitos, las personas seleccionadas decaerán de todos sus derechos que pudieran derivarse de su participación en el procedimiento.

4.5. Además, si el tribunal o el Órgano convocante tuviera conocimiento de que alguno de los aspirantes no cumple cualquiera de los requisitos exigidos podrá requerir al aspirante para su acreditación en cualquier momento.

4.6. Todos los acuerdos y resoluciones del tribunal de selección se publicaran en el tablón de anuncios y en sede electrónica de este Ayuntamiento.

Quinta. Composición, constitución y actuación de los órganos de selección.—5.1. Composición del Tribunal calificador: el Tribunal calificador estará compuesto por un presidente y secretario/a y numero de vocales no inferior a 3, con sus correspondientes suplentes. Los miembros serán nombrados por Resolución de Alcaldía y publicados en el tablón del Ayuntamiento y en sede electrónica.

5.2. Asesores especialistas y miembros auxiliares: el Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de personal especialista, para todas o algunas de las pruebas. Su colaboración con el órgano de selección será de asesoramiento y exclusivamente en el ejercicio de sus especialidades técnicas.

5.3. Actuación y constitución del Tribunal Calificador: el Tribunal calificador no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de, al menos, tres miembros, titulares o suplentes, y requerirá, en todo caso, la asistencia de la presidencia y la secretaría, o de quienes legalmente les sustituyan. Excepcionalmente, en caso de ausencia de quien ejerza la Presidencia titular y suplente o de ausencia de quien ejerza la Secretaría titular y suplente, hará sus veces un Vocal de los que se hallen presentes.

El Tribunal tendrá la facultad de poder excluir del procedimiento selectivo a aquellos aspirantes que lleven a cabo cualquier actuación de tipo fraudulenta durante la realización de los ejercicios.

El Tribunal adoptará las medidas que considere oportunas para velar por el anonimato de los aspirantes en las pruebas de carácter escrito, siempre que dichas medidas no afecten a la naturaleza del ejercicio o introduzcan factores que puedan influir en la imparcialidad o discrecionalidad técnica de sus miembros.

En el supuesto de que algún tema de los incluidos en el programa de la convocatoria se viese afectado por alguna modificación, ampliación o derogación legislativa, se exigirá el conocimiento de la legislación vigente en el momento de la realización de las pruebas.

5.4. Abstención y recusación: los miembros del Tribunal deberán abstener de intervenir, notificándolo a la presidencia cuando concurran en ellos circunstancias de las previstas en el art. 23 de la Ley 40/2015, de Régimen Jurídico del Sector Público o hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas de acceso o Cuerpos o Escalas análogas al que corresponden las plazas convocadas, en los 5 años anteriores a la publicación de esta convocatoria.

Asimismo, los interesados en el procedimiento podrán recusar a los miembros del Tribunal, debiendo ser las causas motivadas y correspondiendo su resolución al órgano que efectuó el nombramiento. La presidencia podrá acordar la paralización del proceso selectivo hasta que se produzca dicha resolución.

Sexta. Comienzo y desarrollo de las pruebas selectivas.—6.1. Calendario de realización de las pruebas: la fecha, hora y lugar del comienza del ejercicio de la Fase de Oposición, se dará a conocer en la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de la Resolución a que se refiere la base 4.2 de esta convocatoria. La publicación de los sucesivos anuncios para la celebración de las resultantes pruebas, se hará en el tablón de anuncios y sede electrónica del Ayuntamiento. En el supuesto de que fuera imprescindible posponer la fecha aprobada por Resolución y publicada en BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, la nueva fecha deberá hacerse pública en el tablón o sede electrónica del Ayuntamiento.

6.2. Identificación de aspirantes: en el momento del llamamiento y a lo largo del proceso selectivo, el Tribunal calificador podrá requerir en cualquier momento a los aspirantes que acrediten su identidad, a cuyo fin deberán estar provistos del Documento Nacional de identidad, Pasaporte, Carnet de Conducir, todos ellos originales y en vigor.

6.3. Llamamiento. Orden de actuación de los aspirantes: los aspirantes serán convocados para los ejercicios en llamamiento único. Salvo casos de fuerza mayor, invocados con anterioridad, debidamente justificados y apreciados por el Tribunal Calificador; la no presentación de un aspirante a cualquiera de los ejercicios obligatorios en el momento del llamamiento, determinará automáticamente el decaimiento de su derecho a participar en el mismo ejercicio y en los sucesivos, quedando excluida, en consecuencia, del procedimiento selectivo.

Tanto el orden de llamamiento como el orden en que habrán de acuitar los interesados en aquellos ejercicios que no se puedan realizar conjuntamente, se iniciará alfabéticamente, dando comienzo por las personas cuyo primer apellido empiece por la letra que anualmente se fije por la Resolución de la Secretaría de Estado de Función Pública.

Si algún aspirante no figurase en la lista de admitidos/as a las pruebas, y no hubiera resultado excluida en la relación definitiva, el Tribunal podrá admitirle provisionalmente a la realización de los ejercicios siempre que acredite documentalmente la presentación de la solicitud, mediante copia sellada de la misma y justificante de abono de derechos de examen. Dicho acuerdo se recogerá en acta al igual que el sentido de la resolución final de admisión o exclusión del o la aspirante.

Séptima. Procedimiento de selección.—El procedimiento de selección cuidará especialmente la conexión entre el tipo de pruebas a superar y la adecuación al desempeño de las tareas de los puestos de trabajo convocados. El sistema selectivo será de concurso-oposición libre, con el siguiente contenido:

7.1. Fase de concurso (máximo 20 puntos): la fase de concurso no tendrá carácter eliminatorio y en ningún caso la puntuación obtenida en la misma podrá utilizarse para compensar la calificación obtenida en la fase de oposición.

Solo se valorarán los méritos alegados y acreditados junto con las instancias, sin perjuicio de que el Tribunal pueda solicitar la ampliación de la documentación si considera que un mérito no se encuentra correctamente acreditado.

Hecha pública la puntuación de la fase de concurso se abrirá un plazo de 10 días hábiles para alegaciones y subsanaciones de defectos en la acreditación de méritos, aportados y alegados junto con las instancias. El tribunal resolverá de acuerdo a la documentación presentada y a lo dispuesto en las bases de la convocatoria.

7.1.1. Experiencia (máximo 15 puntos):

a) Mérito. Se valorará la experiencia como funcionario o personal laboral en activo en plazas o puestos de trabajo iguales al ofertado en cualquier Administración Pública, incluyendo la administración convocante.

Puntuación: se valorará a razón de 0,15 puntos por mes hasta un máximo de 10 puntos.

b) Mérito. Se valorará la experiencia en el ámbito privado en el desempeño de funciones similares a las del puesto de Técnico de Medio Ambiente.

Puntuación: se valorará a razón de 0,15 puntos por mes hasta un máximo de 5 puntos.

Acreditación de la experiencia:

— Certificación de la administración públicas o empresa privada para la que se prestaron los servicios en la que figuren tiempo de servicios prestados así como grupo y categoría profesional. De no coincidir la denominación del puesto con la del convocado, se aportará certificación de funciones propias del mismo.

— Se acompañará en cualquier caso de Certificado de vida laboral actualizado.

7.1.2. Formación (máximo 5 puntos):

a) Mérito: Cursos de formación específica directamente relacionados con las funciones y materias específicas del puesto de trabajo.

Puntuación: a razón de 0,02 puntos por hora, hasta un máximo de 4 puntos. Los cursos en cuyos certificados o acreditaciones no conste número de horas no serán puntuados.

b) Mérito: Cursos de formación genérica, legislación básica, ofimática, calidad, competencias básicas, igualdad de género y prevención de riesgos laborales.

Puntuación: a razón de 0,01 puntos por hora, hasta un máximo de 1 punto. Los cursos en cuyos certificados o acreditaciones no conste número de horas no serán tenidos en cuenta.

Acreditación de la Formación: será requisito que en los certificados y diplomas de cursos alegados conste el número de horas lectivas y naturaleza de la administración o institución que imparte u organiza el curso. De no constar estos términos en el diploma, se acreditaran mediante certificación de la institución organizadora.

7.2. Fase de oposición (80 puntos):

7.2.1. Primer ejercicio. Ejercicio teórico tipo test (20 puntos).

Consistirá en la contestación de un cuestionario tipo test de 100 preguntas que versarán sobre el contenido del programa recogidos en el Anexo (Temario General y Específico). El cuestionario estará compuesto por preguntas de tres o cuatro respuestas alternativas de las que solo una será correcta. Cada pregunta contestada correctamente, se calificará con 0,20 puntos. La respuesta en blanco no contabiliza. Cada tres respuestas erróneas se penalizará con una respuesta correcta. La duración de este ejercicio será de dos horas.

Se valorará hasta un máximo de 20 puntos, siendo necesario obtener 10 puntos para no ser eliminado.

7.2.2. Segundo ejercicio. Ejercicio teórico de desarrollo (30 puntos).

Consistirá en el desarrollo escrito de un tema a elegir, de entre dos extraídos al azar de los contenidos en el Anexo Temario Específico, a desarrollar en el tiempo total de dos horas. Además de los conocimientos sobre el tema, se valorará también en este ejercicio la precisión y el rigor de la exposición, la capacidad y el nivel de formación general.

Este ejercicio se calificará hasta un máximo de 30 puntos, siendo necesaria una puntuación mínima de 15 puntos para no ser eliminado.

7.2.3. Tercer ejercicio. Ejercicio práctico (30 puntos).

Consistirá en la realización de un supuesto práctico escrito, propuesto por el Tribunal, relacionado con las funciones propias del puesto reservado a la categoría convocada y con las materias incluidas en la parte especial del temario que figura en el Anexo, en un tiempo de máximo de dos horas.

Se calificará de 0 a 30 puntos, siendo necesaria la obtención de 15 puntos para no ser eliminado. Para la realización del ejercicio práctico, los aspirantes podrán hacer uso de textos legales y colecciones de jurisprudencia no comentados en soporte papel.

Octava. Lista de aprobados y propuesta del tribunal calificador.—8.1. Calificación de la fase de concurso-oposición: la calificación de los aspirantes en el concurso-oposición se realizará mediante la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de concurso y la fase de oposición.

El orden de colocación de los aspirantes en la lista de aprobados se establecerá de mayor a menor. Los empates se resolverán atendiendo a la mejor calificación en los siguientes apartados por el orden expresado: supuesto práctico, ejercicio teórico de desarrollo de temas, ejercicio teórico tipo test.

Finalizado el proceso selectivo, el Tribunal hará público en el Tablón de Anuncios y Sede electrónica el acta con la relación de notas parciales de cada uno de las fases del proceso y calificación total alcanzada, junto con la propuesta del aspirante que supera el proceso selectivo. Se abrirá un plazo de tres días hábiles para alegaciones a la puntuación total.

8.2. Propuesta del Tribunal: resueltas las alegaciones que se admitan a trámite, el Tribunal hará público en Sede electrónica el acta con la relación de notas parciales de cada uno de las fases del proceso y calificación final alcanzada así como la identidad del o la aspirante que supera el proceso selectivo. De no presentarse alegaciones quedarán elevadas a definitivas la relación y la propuesta inicial.

El tribunal no podrá declarar que ha superado el proceso selectivo, obteniendo plaza o quedando en situación de expectativa de destino un número superior de aspirantes al de plazas convocadas.

El tribunal, de acuerdo con lo establecido en el art. 61 del TREBEP, y con el fin de asegurar la cobertura de las plazas, cuando se produzcan renuncias de los aspirantes seleccionados, antes de su nombramiento o toma de posesión, el órgano convocante podrá requerir del órgano de selección relación complementaria de los aspirantes, que sigan a los propuestos, para su posible nombramiento como funcionario de carrera.

8.3. Bolsa: se podrá constituir una bolsa de empleo para futuras necesidades de cobertura con funcionarios interinos o personal laboral temporal de plazas vacantes, sustituciones, cobertura con contratos de duración determinada, etc… de plazas igual a la convocada y que quedará ordenada conforme al resultado del proceso selectivo, acordado por el Tribunal calificador, de todos aquellos que no obtengan la plaza convocada. Dicha bolsa sustituye y deja sin efecto a cuantas listas de espera pudieran existir con anterioridad para dichos nombramientos o contrataciones, teniendo vigencia hasta la aprobación de nuevas listas surgidas a partir de los procesos selectivos de acceso a la Función pública del Ayuntamiento de Cubas de la Sagra.

Novena. Presentación de documentos.—9.1. Documentos exigibles: en el plazo de 20 días naturales a contar desde el siguiente a aquel en que se hiciera pública la lista definitiva de personas que superan la fase de concurso-oposición, las personas propuestas aportarán al Departamento de personal los siguientes documentos acreditativos de que poseen las condiciones, capacidad y requisitos exigidos en la convocatoria:

a) Fotocopia (acompañada del original para su compulsa) del Título exigido para la plaza, o justificante de haber abonado los derechos para su expedición. En el supuesto de haber invocado un Titulo equivalente a los exigidos, habrá de acompañarse certificado del órgano competente que acredite la citada equivalencia. Si estos documentos estuviese expedidos después de la fecha en que finalizara el plazo de presentación de instancias, deberá justificar el momento en que concluyeron los estudios.

b) Declaración jurada de no haber sido separado/a del servicio de cualquier Administración pública, ni estar inhabilitado/a para el ejercicio de la función pública por sentencia firme.

c) Declaración de actividades ajenas al empleo municipal a efectos de incompatibilidades.

d) Original de los méritos valorados en la fase de concurso, a fin de proceder a su compulsa. No serán tenidos en cuenta los méritos no acreditados en esta forma, procediéndose a convocar el Tribunal para revisar las calificaciones si fuera necesario.

e) Certificado médico de no padecer enfermedad, defecto físico o psíquico que impida el desempeño de las funciones. Asimismo, deberán pasar reconocimiento médico por los servicios de prevención de riesgos laborales del Ayuntamiento.

9.2. Falta de presentación de documentos: quienes dentro del plazo indicado en el apartado anterior, y salvo casos de fuerza mayor, no presentaran documentación o no reunieran los requisitos exigidos, no podrán recibir nombramiento y quedarán anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieran podido incurrir por falsedad de la instancia solicitando tomar parte en las pruebas selectivas.

Décima. Nombramiento y toma de posesión.—Las personas incluidas en la propuesta que formule el Tribunal adquirirán la condición de Funcionario de Carrera tras el cumplimiento de los siguientes trámites:

— Nombramiento, por el órgano o autoridad competente, como funcionario de carrera.

— Toma de posesión en el plazo máximo de un mes contado a partir del siguiente al nombramiento, previo acto de acatamiento de la Constitución, en su caso del Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid y del resto del Ordenamiento Jurídico.

Quienes sin causa justificada no tomaran posesión dentro del plazo señalado, perderán todos los derechos derivados de las pruebas selectivas y del subsiguiente nombramiento referido.

Undécima. Régimen de impugnación.—Contra las presentes bases se podrá interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante el mismo órgano que lo dictó, o bien, directamente recurso contencioso administrativo en el plazo de dos meses, ante los Juzgados de lo Contencioso—administrativo de Madrid, ambos plazos contados a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

ANEXO I

Parte general

Tema 1. La Constitución Española de 1978. Estructura y contenido esencial. La constitucionalización del principio de estabilidad presupuestaria. La reforma constitucional.

Tema 2. Los derechos y deberes fundamentales en la Constitución. Derechos fundamentales y libertades públicas: su ejercicio y defensa constitucional. Protección y suspensión.

Tema 3. La Corona. Atribuciones según la Constitución.

Tema 4. La división de poderes en la Constitución. Las Cortes Generales. Congreso de los Diputados, Senado. La Diputación Permanente.

Tema 5. El Gobierno. Composición. Nombramiento y remoción de su presidente. La moción de censura y la cuestión de confianza.

Tema 6. El Poder Judicial. El Consejo General del Poder Judicial, organización y competencias. La regulación constitucional de la Justicia. El Tribunal Constitucional. El Defensor del Pueblo.

Tema 7. La Comunidad de Madrid. Estatuto.

Tema 8. La organización territorial del Estado. El sistema de distribución de competencias entre el Estado y las Comunidades Autónomas. Las relaciones entre el Estado y las Comunidades Autónomas.

Tema 9. La Unión Europea. Antecedentes. La Constitución de las Comunidades. El Tratado de Roma y los Tratados de Reforma. Las Instituciones Comunitarias. El Derecho Comunitario.

Tema 10. La Administración Pública en el Ordenamiento Español. Organización de la Administración del Estado. Organización de la Administración de la Comunidad de Madrid.

Tema 11. Los principios de la organización administrativa: La competencia y sus técnicas de traslación. La jerarquía, la coordinación y el control. Conflicto de atribuciones.

Tema 12. Sometimiento de la Administración a la Ley y al Derecho. Fuentes del Derecho Público. La Ley: sus clases y sus diferencias. El reglamento: sus clases. Otras fuentes del derecho administrativo.

Tema 13. La Administración Local. Entidades Locales: territoriales y no territoriales. Funcionamiento de las Entidades Locales. Órganos de Gobierno: el Alcalde, el Pleno, la Junta de Gobierno Local, las Comisiones Informativas.

Tema 14. El acto administrativo. Concepto. Elementos. Clases. Requisitos: Motivación y forma. Actos administrativos convencionales. La eficacia de los actos administrativos: El principio de la autotutela declarativa. Condiciones de eficacia. La notificación: Contenido, plazo y práctica. La notificación defectuosa. La publicación. La aprobación por otra Administración. La demora y retroactividad de la eficacia.

Tema 15. Disposiciones generales sobre los procedimientos administrativos y normas reguladoras de los distintos procedimientos. Fases del Procedimiento Administrativo Común. Terminación del mismo y la obligación de resolver.

Tema 16. La Invalidez del acto administrativo. Supuestos de nulidad de pleno derecho y anulabilidad. El principio de conservación del acto administrativo. La revisión de actos y disposiciones por la propia administración: supuestos. La acción de nulidad, procedimientos, límites. La declaración de lesividad. La revocación de actos. La rectificación de errores materiales o de hecho.

Tema 17. Los recursos administrativos. Clases de recursos. Reclamaciones previas al ejercicio de acciones civiles y laborales.

Tema 18. La responsabilidad de la Administración Pública. La responsabilidad patrimonial de las autoridades y personal al servicio de las Administraciones Públicas. La potestad sancionadora. Principios del ejercicio de la potestad sancionadora. Procedimiento y medidas sancionadoras.

Tema 19. La Función Pública. Derechos y deberes de los funcionarios. Responsabilidad de los funcionarios. Régimen Disciplinario.

Tema 20. El patrimonio de las Administraciones Públicas. Las propiedades públicas. Tipología. El dominio público. Afectación y mutaciones demaniales. El patrimonio privado de las Administraciones Públicas.

Parte específica

Tema 21. El Medio Ambiente en la Unión Europea. VII Programa de Acción Comunitaria en materia de Medio Ambiente.

Tema 22. El medio ambiente en la legislación española. Distribución de competencias entre la administración estatal, autonómica y local.

Tema 23. Acceso a la información ambiental. Normativa reguladora. Fuentes de información ambiental.

Tema 24. Descripción del término municipal de Cubas de la Sagra. Principales características. Localización, distribución y estructura de las principales actividades económicas en el municipio de Cubas de la Sagra.

Tema 25. Protección de la salubridad pública: las competencias atribuidas por la legislación de régimen local. Las competencias sanitarias de las Entidades Locales en la legislación sectorial estatal. Cementerios y actividades funerarias. Policía sanitaria mortuoria.

Tema 26. La inspección urbanística. Protección de la legalidad urbanística. Obras sin la preceptiva autorización administrativa o contrarias a sus condiciones. Autorizaciones ilegales. La restauración de la legalidad urbanística. Infracciones y sanciones urbanísticas.

Tema 27. La evaluación ambiental de planes y programas: normativa estatal. Evaluación ambiental estratégica: modalidades. La declaración ambiental estratégica y el informe ambiental estratégico.

Tema 28. Procedimiento de evaluación de impacto ambiental. Legislación de la Comunidad de Madrid. Inspección ambiental y actuaciones a realizar en la inspección. La recomendación 2003/331 CEE sobre criterios mínimos en las inspecciones medioambientales en los estados miembros.

Tema 29. Metodologías de valoración de impactos. Medidas preventivas, correctoras y compensatorias.

Tema 30. Programas de vigilancia Ambiental. Niveles de detalle de los Estudios de Impacto Ambiental. Etapas en los estudios del medio físico.

Tema 31. El inventario ambiental: elementos del medio físico, biológico y socioeconómico.

Tema 32. Contaminación de suelos. Legislación aplicable. Gestión de suelos contaminados. Planificación, gestión y legislación aplicable en la Comunidad de Madrid. Métodos de descontaminación de suelos.

Tema 33. Espacios Naturales Protegidos. Marco Legislativo. Figuras de Protección. Ley 42/2007 de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y Biodiversidad. Espacios protegidos en la Comunidad de Madrid. Protección de la flora y de la fauna silvestre de la Comunidad de Madrid. Categorías de especies amenazadas. Biodiversidad.

Tema 34. La evaluación de impacto ambiental: Concepto. Procedimiento. Evaluación ambiental de actividades. Normativa europea, nacional y autonómica, relativa a la evaluación de impacto ambiental. Intervención municipal en el procedimiento.

Tema 35. Prevención y Control Integrado de la Contaminación. Normativa reguladora. Reglamento PRTR España.

Tema 36. Gestión municipal de las competencias en materia de medio ambiente a nivel local. Organización de recursos necesarios. Propuestas metodológicas de planes y programas.

Tema 37. La etiqueta ecológica. La etiqueta ecológica europea. Otras etiquetas ecológicas.

Tema 38. Contaminación de aguas. Contaminación de aguas superficiales y subterráneas. Parámetros definidores de la contaminación. Efectos. Tratamiento y depuración de las aguas residuales urbanas: Pretratamiento, tratamiento primario, secundario y terciario.

Tema 39. Ley 10/93 sobre vertidos líquidos industriales al Sistema Integral de Saneamiento (SIS) en la Comunidad de Madrid. Competencias municipales. Solicitudes de vertido al sistema integral de saneamiento en base a la Ley 10/93 sobre vertidos líquidos industriales al SIS.

Tema 40. Cambio climático. Gases de efecto invernadero. Efectos y acciones de reducción.

Tema 41. Principios técnicos de energías renovables, situación actual y perspectivas.

Tema 42. Energías renovables. Principales características. Resolución de problemas en su aplicación en la industria y residencial.

Tema 43. Planes de Acción de energía sostenible (PAES). Metodología.

Tema 44. Normativa estatal, autonómica y municipal sobre contaminación atmosférica. Métodos de prevención y reducción de la contaminación atmosférica de origen industrial.

Tema 45. Estrategias y planes en materia de calidad del aire en la Comunidad de Madrid. Redes de vigilancia atmosférica en la Comunidad de Madrid.

Tema 46. Ley de Prevención y Control Integrado de la Contaminación. Principales fuentes de contaminación atmosférica en el entorno urbano. Principales contaminantes atmosféricos. Técnicas de muestreo, análisis y depuración

Tema 47. Ahorro y eficiencia energética. Estrategias e implicaciones municipales.

Tema 48. Régimen jurídico de infracciones y sanciones en materia de medio ambiente. Procedimiento sancionador.

Tema 49. Contaminación acústica: Parámetros y Magnitudes Físicas. Índices de ruido. Efectos del ruido. Equipos de medida de ruido. Procedimiento y métodos de evaluación de ruido. Fuentes de contaminación acústica y medidas correctoras. Normativa estatal y autonómica.

Tema 50. Residuos Sólido Urbanos. Fracciones que componen los Residuos Sólidos Urbanos. Gestión estatal, autonómica y municipal. Legislación aplicable. Resolución problemas específicos.

Tema 51. Los residuos peligrosos. Producción y gestión. Legislación aplicable.

Tema 52. Los residuos de construcción y demolición. Producción, clasificación y gestión.

Tema 53. Depósito de residuos en vertedero. Legislación. Requisitos técnicos y normativos que regulan la ubicación e instalación de los vertederos.

Tema 54. Desarrollo de las competencias municipales en materia de control de plagas. Normativa de las limitaciones en el uso de insecticidas. Programas de tratamiento de plagas: Desratización, desinsectación y desinfección.

Tema 55. Ley 4/2016, de 22 de julio, de protección de los Animales de Compañía de la CAM. Obligaciones municipales en materia de protección animal.

Tema 56. Competencias municipales en materia de especies invasoras. Planes de vigilancia y control del desarrollo de plagas de especies invasoras animales. Problemas actuales que se presentan en los municipios de la Comunidad de Madrid en este ámbito.

Tema 57. Medidas ambientales para la vigilancia y control de plagas que puedan afectar a la salud en el entorno urbano.

Tema 58. Desarrollo Sostenible: concepto. Antecedentes. Sostenibilidad urbana. Especial consideración en materia de movilidad: Medidas de Actuación.

Tema 59. Normas Subsidiarias del municipio de Cubas de la Sagra. Estructura general. Principales aspectos ambientales. Resolución de cuestiones a circunstancias específicas del plan.

Tema 60. El sector energético en el contexto de la economía española. El sistema energético español. Energía primaria: fuentes, abastecimiento, dependencia y diversificación. Energía final: usos y consumidores. Seguridad de suministro: índice de cobertura, interconexiones y almacenamiento. Energía, medio ambiente y sostenibilidad: emisiones e intensidad energética. Perspectivas. Mercados energéticos. Mercados derivados. Estructura empresarial.

Tema 61. El sector de las energías renovables: generación eléctrica, aprovechamiento térmico y biocarburantes para el transporte; cogeneración; residuos. Contribución dentro del balance energético. Evolución histórica. Análisis sectorial y perspectivas.

Tema 62. El sector del gas natural. Actividades que comprende. Infraestructura e instalaciones. Importaciones. Consumo. Precios. Contribución dentro del balance energético. Evolución histórica. Análisis sectorial y perspectivas.

Tema 63. El sector agroalimentario: alimentación, bebidas y tabaco. Actividades que comprende. Principales “inputs” y descripción general del proceso productivo. Dimensión, distribución regional y mercados. Diagnóstico competitivo. Actuaciones públicas. Evolución, situación actual y tendencias.

Tema 64. El sector de servicios a empresas. Actividades profesionales, científicas y técnicas. Servicios industriales. Servicios energéticos. Servicios ambientales. Externalización de actividades y subcontratación en la industria. Evolución, situación actual y tendencias.

Tema 65. Economía de la información: sistemas, bienes complementarios, usuarios atrapados, externalidades de red y derechos de propiedad. Plataformas y mercados bilaterales. Economía colaborativa. Diseño de mercados.

Tema 66. Política medioambiental (I). Fundamentos de política medioambiental: motivantes, principios, objetivos e instrumentos. Base jurídica, distribución competencial y coordinación y cooperación entre Administraciones Públicas. Contexto comunitario. Información ambiental. Educación ambiental. Responsabilidad medioambiental. Fiscalidad medioambiental. Contratación pública verde.

Tema 67 Política medioambiental (II). Protección de la atmósfera y calidad del aire, con especial mención a las emisiones de las Grandes Instalaciones de Combustión (GIC) y otras instalaciones industriales. Medio ambiente industrial: prevención y control integrado de la contaminación (IPCC); Autorización Ambiental Integrada (AAI); Mejores Técnicas Disponibles (MTD). Contaminación acústica. Residuos. Suelos contaminados. Envases. Registro, evaluación, autorización y restricción de sustancias y mezclas químicas (REACH). Prevención de accidentes graves en los que intervengan sustancias peligrosas.

Tema 68. Política medioambiental (III). Cambio climático y transición energética. Proceso internacional de lucha contra el cambio climático. Organismos e instituciones implicadas a nivel nacional. Planificación: objetivos. Mitigación: políticas y medidas. Instrumentos y opciones tecnológicas. Sectores difusos. Comercio de derechos de emisión. Mecanismos de flexibilidad y sumideros. Adaptación: políticas y medidas.

Tema 69. Política medioambiental (IV). Evaluación ambiental. Evaluación ambiental estratégica. Evaluación de Impacto Ambiental (EIA) de proyectos. Aplicación en actuaciones de industria, energía, minas y telecomunicaciones. Sistema comunitario de Gestión y Auditoría Medioambientales-SGAM (EMAS).

Tema 70. Política medioambiental (V). El agua en España. Usos, con especial mención a los industriales y energéticos. Planificación y gestión de recursos hídricos. Infraestructuras hidráulicas. Calidad del agua. Régimen jurídico. Legislación en materia de aguas.

Tema 71. El medio físico en la Comunidad de Madrid: Geomorfología. Climatología: Principales factores climáticos y las distintas áreas climáticas madrileñas. Hidrografía. Orografía. Conceptos de medio rural y medio urbano. Diagnóstico territorial de la Comunidad de Madrid: Especial referencia al sector agrario y a la realidad ambiental regional.

Tema 72. Política de Conservación de la naturaleza. Principales convenios internacionales. Principal ordenamiento jurídico comunitario, estatal y de la Comunidad de Madrid. Planes y estrategias.

Tema 73. Política Forestal en España. Estrategia Forestal Española. Plan Forestal Español. Principales características de estos instrumentos de planificación. Legislación vigente de aplicación al sector forestal y al medio natural.

Tema 74. La Política Forestal en la Comunidad de Madrid. El Plan Forestal de Madrid. Características y programas que lo integran. La legislación Forestal y sobre el medio natural aplicable en la Comunidad de Madrid.

Tema 75. Caza y pesca. Legislación aplicable. Red Natura 2000.

Tema 76. Delito ecológico. Responsabilidad civil ambiental.

Tema 77. La educación ambiental. Antecedentes y principios. La Red de Centros de educación ambiental de la Comunidad de Madrid: Equipamientos y programas educativos. La educación ambiental en la gestión de espacios naturales de la Comunidad de Madrid.

Tema 78. Los incendios forestales. Clases, causas y factores que influyen en su propagación. Métodos de prevención, detección, extinción e investigación de sus causas. Legislación aplicable en la materia. Plan INFOMA vigente en la Comunidad de Madrid. Impacto ambiental en los incendios forestales.

Tema 79. Principales plagas y enfermedades en masas forestales y viveros forestales: Etiología, ciclos, sintomatología, prevención y tratamiento. Legislación de aplicación en la materia.

Tema 80. Intervención ante incidentes ambientales. Toma y conservación de muestras. Levantamiento de acta y elaboración de informes.

Tema 81. Fertilizantes. Tipos y características. Técnicas de aplicación. Su incidencia en la producción agraria y en el medio ambiente. Productos fitosanitarios. Tipos y características. Técnicas de aplicación. Los productos fitosanitarios y el medio ambiente. Propiedades de los productos fitosanitarios en relación con la contaminación del medio ambiente. La utilización indebida de los productos. Lucha biológica y control integrado.

Tema 82. Técnicas de producción de semillas y plantas de reproducción vegetativa. La importancia del germoplasma autóctono: Su conservación, especies, variedades, técnicas de selección y mejora. Legislación en materia de semillas y plantas de vivero. Catálogo Nacional de Materiales de base para la producción de material forestal de reproducción. El sector productor de semillas y plantas de vivero: Problemática. Especial referencia a la Comunidad de Madrid.

Tema 83. Las vías pecuarias en la Comunidad de Madrid. Régimen jurídico. Principales vías pecuarias en la Comunidad de Madrid. Presente y futuro en la Comunidad de Madrid.

Tema 84. Caracterización de aplicación ambiental y tecnologías para la evaluación de los recursos naturales. Creación, estructuración y manejo de la información ambiental. Cartografía aplicada al medio ambiente: mapas generales y temáticos. Usos y aplicaciones de la cartografía ambiental en Madrid. Técnicas de teledetección: características básicas y aplicaciones ambientales.

Tema 85. Sistemas de información geográfica. Cartografía digital. Aplicación a la gestión del medio ambiente.

Tema 86. Técnicas instrumentales de análisis físico-química de laboratorios aplicada al medio ambiente. Métodos espectrométricos, radioquímicos, electroquímicos y cromatográficos. Parámetros de aplicación. Técnicas de análisis microbiológicos de laboratorio aplicadas al medio ambiente. Técnicas de muestreo y conservación de muestras. Parámetros principales. Indicadores de contaminación.

Tema 87. Los contratos del Sector Público. Naturaleza jurídica. Partes en el contrato: el órgano de contratación y el empresario: capacidad y solvencia. Objeto de los contratos. Precio.

Tema 88. Preparación de los contratos. La Selección del contratista. Adjudicación de los contratos. Procedimientos de contratación. Garantías. Perfección y formalización de los contratos. Régimen de invalidez.

Tema 89. Ejecución y modificación de los contratos. Prerrogativas de la Administración.

Revisión de precios. Extinción de los contratos. Cesión de contratos y subcontratación.

Tema 90. Clases de contratos administrativos: Contrato de Obras. Contrato de concesión de obras públicas. Contrato de gestión de servicios públicos. Contrato de suministros. Contrato de servicios. Contrato de colaboración entre el sector público y el sector privado.

En Cubas de la Sagra, a 2 de abril de 2019.—El Alcalde-Presidente, José Pedro Flores Ramos.

(02/12.735/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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