Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 94

Fecha del Boletín 
22-04-2019

Sección 1.3.170.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190422-25

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

UNIVERSIDAD COMPLUTENSE DE MADRID

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EXTRACTO de la Resolución de 9 de abril de 2019, del Rector de la Universidad Complutense de Madrid, por la que se convocan ayudas para la revisión de propuestas dirigidas a convocatorias de proyectos del European Research Council dentro del Programa Horizonte 2020.

BDNS (Identif.): 449657

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).

Primero

Beneficiarios

Podrán ser beneficiarios de las ayudas que se establecen al amparo de la presente resolución los investigadores que pertenezcan a la plantilla docente e investigadora de la Universidad Complutense de Madrid en el momento de presentación de la solicitud y aquellos que, en los supuestos previstos en el párrafo cuarto de este artículo, sin serlo, cuenten con autorización expresa por parte del correspondiente Consejo de Departamento para desarrollar su proyecto, en caso de ser financiado, en el correspondiente departamento de la Universidad Complutense de Madrid.

El solicitante de la ayuda deberá ser el investigador principal de una propuesta dirigida a una de las siguientes convocatorias del Consejo Europeo de Investigación dentro del programa Horizonte 2020: ERC-2019-AdG, ERC-2020-StG y ERC-2020-CoG.

El solicitante de la ayuda deberá tener la consideración de elegible para presentar una propuesta a una de las modalidades citadas en el párrafo 2 de acuerdo con lo expresado en la correspondiente convocatoria en relación a los criterios de elegibilidad de los proponentes.

El solicitante de la ayuda deberá haber presentado una propuesta a alguna de las modalidades citadas en el párrafo 2 en alguna convocatoria de las anualidades 2016, 2017, 2018 o 2019, siendo la Universidad Complutense de Madrid la “institución de acogida”, y haber obtenido una evaluación de A o B en la primera fase de evaluación.

En caso de no concurrir las circunstancias descritas en el párrafo anterior, también podrán ser beneficiarios de las ayudas aquellos investigadores que:

— Disfruten o hayan disfrutado de un contrato “Ramón y Cajal” o “Juan de la Cierva” cuya fecha de finalización sea posterior al 31 de marzo de 2017, o

— Disfruten de un contrato financiado a través de las convocatoria 2017 o 2018 de ayudas destinadas a la atracción de talento investigador para su incorporación a grupos de investigación de la Comunidad de Madrid en sus modalidades 1 y 2, o

— Disfruten o hayan disfrutado de un contrato a través de una convocatoria de “Acciones Marie Curie” individuales cuya fecha de finalización sea posterior al 30 de abril de 2015.

— Hayan sido admitidos como candidatos dentro de las convocatorias para la promoción del personal docente e investigador (PDI) con contratación laboral en la UCM y de Profesores/as Titulares de Universidad, dentro del Plan de Actuaciones en Profesorado de los años 2017 y 2018.

Segundo

Objeto

El objeto de la presente Resolución es regular la convocatoria para la concesión, en régimen de publicidad, objetividad y concurrencia competitiva, de ayudas para la revisión por parte de un revisor externo de propuestas presentadas a las convocatorias de proyectos de frontera del European Research Council (Starting Grants, Consolidator Grants, Advanced Grants) en las que la Universidad Complutense de Madrid actúe como institución de acogida del investigador proponente. La ayuda se destinará en exclusiva a cubrir los gastos derivados de la revisión de la parte técnica de la propuesta.

Tercero

Bases reguladoras

http://oficinaeuropea.ucm.es

Cuarto

Cuantía

La financiación de la presente convocatoria es de 28.000 euros repartida en ayudas de una cuantía máxima de mil trescientos cincuenta euros en el caso de beneficiarios en los que concurran las circunstancias descritas en el punto 3.4 de la convocatoria y de ochocientos cincuenta euros en el resto de los casos.

Quinto

Plazo de presentación de solicitudes

El plazo para la presentación de solicitudes será de quince días hábiles a partir del día siguiente a la publicación del extracto de esta convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 9 de abril de 2019.—El Rector, Carlos Andradas Heranz, PD, la Vicerrectora de Transferencia del Conocimiento y Emprendimiento de la UCM (Decreto Rectoral 16/2015, de 15 de junio, de creación de los Vicerrectorados de la Universidad Complutense de Madrid, de delegación de competencias en estos y otros órganos unipersonales y de diversas cuestiones de índole organizativo, publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 180, de 31 de julio de 2015), Mercedes Gómez Bautista.

(03/14.269/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.170.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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