Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 94

Fecha del Boletín 
22-04-2019

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190422-113

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE LEGANÉS NÚMERO 1

113
Leganés número 1. Procedimiento 410 de 2017, notificación a Carlos Horacio Tello Cufre

EDICTO

Doña Victoria de la Antigua Correas Castillo, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia e instrucción número 1 de Leganés.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento de juicio verbal (250.2), número 410 de 2017, instados por don Javier Rumbero Sánchez, en nombre y representación de Canal de Isabel II Gestión, S. A., contra don Carlos Horacio Tello Cufre, en reclamación de cantidad, en los que se ha dictado, en fecha 20 de febrero de 2018, sentencia, cuyo fallo es el siguiente:

“Que estimando la demanda presentada por el procurador de los Tribunales, don Javier Rumbero Sánchez, en nombre y representación de Canal de Isabel II Gestión, S. A., contra don Carlos Horacio Tello Cufre, debo condenar y condeno a don Carlos Horacio Tello Cufre a abonar a la demandante la cantidad de 2.525,56 euros, más el interés legal del dinero, que se devengará en los términos expuestos en el fundamento de derecho tercero, último inciso. Todo ello sin expreso pronunciamiento en costas”.

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado, don Carlos Horacio Tello Cufre, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la LEC, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica, está a disposición del interesado en la Secretaría de este Tribunal.

En Leganés, a 20 de febrero de 2019.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(02/11.793/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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