Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 94

Fecha del Boletín 
22-04-2019

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190422-112

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE GETAFE NÚMERO 5

112
Getafe número 5. Procedimiento 294 de 2017, notificación a José Jaime Terán Contreras

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el presente procedimiento de separación contenciosa número 294 de 2017, seguido a instancias de doña Miryam Patiño Pinto, representada por la procuradora doña María Isabel Sanz Torrubias, frente a don José Jaime Terán Contreras, se ha dictado sentencia, cuyo encabezado y fallo son del tenor literal siguiente:

Sentencia número 11 de 2019

En Getafe, a 5 de febrero de 2019.—Vistos por el ilustrísimo señor don José María Celemín Porrero, magistrado-juez del Juzgado de primera instancia e instrucción número 5 de los de Getafe, los autos de separación conyugal, que por turno de reparto han correspondido a este Juzgado, seguidos bajo el número 294 de 2017, a instancias de doña Miryam Patiño Pinto, representada por la procuradora doña María Isabel Sanz Torrubias, y dirigida por la letrada doña Lucía Cedrún Ruiz, contra don José Jaime Terán Contreras, en rebeldía.

Fallo

Estimo la demanda formulada por la procuradora doña María Isabel Sanz Torrubias, en nombre y representación procesal de doña Miryam Patiño Pinto, contra don José Jaime Terán Contreras, declarado en rebeldía, y, en consecuencia, decreto la separación del matrimonio contraído entre las partes, con todos los efectos legales inherentes y acordando, como medidas, las recogidas en los fundamentos jurídicos tercero y cuarto de la presente resolución, y con la imposición de las costas al demandado.

Una vez firme la presente resolución, líbrese despacho a la parroquia Tarqui, del cantón Guayaquil, provincia del Guayas, República del Ecuador, para su inscripción al margen de la de matrimonio.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días, ante este Juzgado, para su resolución por la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid (artículos 458 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil), previa constitución de un depósito de 50 euros, en la cuenta de este órgano.

En Getafe, a 11 de marzo de 2019.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/13.985/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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