Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 89

Fecha del Boletín 
15-04-2019

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190415-87

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 13

87
Madrid número 13. Procedimiento 183 de 2018, notificación a Nuntius Brokerage & Investment Services, S. A.

EDICTO

CÉDULA DE CITACIÓN

D./Dña. MARIA ISABEL TIRADO GUTIERREZ LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social n° 13 de Madrid.

HAGO SABER: Que en el procedimiento 183/2018 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. ENRIQUE MORA MOLERO frente a IMPROVINK ASESORES SL, MIRAMAR CAPITAL ASESORES EAFI SL, ONE CALL CAPITAL SL, FINANCIAL INTERNATIONAL MARKETS A&B SL, TRUMU SERVICIOS SL y NUNTIUS BROKERAGE & INVESTMENT SERVICES S.A. sobre Despidos / Ceses en general se ha dictado la siguiente resolución:

DECRETO

En Madrid, a quince de enero de dos mil diecinueve.

PARTE DISPOSITIVA

Se acuerda tener por desistida a la parte actora D./Dña. ENRIQUE MORA MOLERO de la acción ejercitada en este procedimiento y ordenar el archivo de las presentes actuaciones, previa baja en el libro correspondiente.

MODO DE IMPUGNACIÓN: Contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión, en el plazo de TRES DIAS desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social, ingresar la cantidad de 25 Euros, dicho depósito habrá de realizarse mediante el ingreso de su importe en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado en la entidad BANCO DE SANTANDER IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274 número 2511-0000-61-0183-18.

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.

El/ LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA D./Dña. MARIA ISABEL TIRADO GUTIÉRREZ

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGkl, FORMA a NUNTIUS BROKERAGE & INVESTMENT SERVICES S.A., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto ,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a cuatro de marzo de dos mil diecinueve.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/12.062/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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