Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 86

Fecha del Boletín 
11-04-2019

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190411-95

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE LEGANÉS NÚMERO 5

95
Leganés número 5. Procedimiento 1.053 de 2018, notificación a Valeriano Jiménez Morano

EDICTO

En este Juzgado se siguen autos de procedimiento juicio sobre delitos leves número 1.053 de 2018, entre doña Milagros Matute Gómez, don Valeriano Jiménez Morano y don Fidel Rodríguez Esperalta, por un presunto delito de hurto, en cuyos autos se ha dictado la siguiente resolución:

Condeno a Fidel Rodríguez Esperalta como autor de un delito leve de hurto, en grado de tentativa, previsto y penado en el artículo 234.2 del Código Penal, en consonancia con los artículo 62 y 16 del mismo cuerpo legal, a una pena de 29 días de multa con una cuota diaria de tres euros (87 euros en total) que deberá abonar en dos plazos mensuales, a razón de 43,5 euros cada uno de ellos, advirtiéndoseles de que el impago de la misma dará lugar a una responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas no satisfechas, imponiéndole asimismo el pago de las costas procesales.

Condeno a Valeriano Jiménez Morano como autor de un delito leve de hurto, en grado de tentativa previsto y penado en el artículo 234.2 del Código Penal, en consonancia con los artículo 62 y 16 del mismo cuerpo legal, a una pena de 29 días de multa con una cuota diaria de tres euros, (87 euros en total) que deberá abonar en dos plazos mensuales, a razón de 43,5 euros cada uno de ellos, advirtiéndoseles de que el impago de la misma dará lugar a una responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas no satisfechas, imponiéndole asimismo el pago de las costas procesales.

Condeno, asimismo, a Fidel Rodríguez Esperalta y a Valeriano Jiménez Morano, a que indemnicen, conjunta y solidariamente, al Hospital Severo Ochoa de Leganés en la cantidad de 282 euros, siempre y cuando se acredite, en ejecución de sentencia, la verdadera inutilidad de los sifones sustraídos para ser reutilizados.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que no es firme, y que contra la misma podrá interponerse recurso de apelación, a presentar en este Juzgado en el plazo de cinco días desde su notificación (artículo 976 Ley de Enjuiciamiento Criminal).

Así lo acuerdo, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación a don Valeriano Jiménez Morano, expido y firmo la presente.

En Leganés, a 12 de marzo de 2019.—El/la letrado/a de la Administración de Justicia.

(03/12.034/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190411-95