Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 85

Fecha del Boletín 
10-04-2019

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190410-206

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE CASTELLÓN NÚMERO 3

206
Castellón número 3. Procedimiento 605 de 2018, notificación a Dental Global Management, S. L.

EDICTO

Don César Jiménez Azaustre, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 3 de los de Castellón.

Hago saber: Que en este Juzgado se siguen autos número 605 de 2018, a instancias de doña María del Carmen Garrido Díaz, contra Fondo de Garantía Salarial, I Levante Dental Proyecto Odontológico, S. L. U., Dental Global Management, S. L. y José Luis González Sánchez, en la que el día 1 de marzo de 2019 se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva dice:

Fallo

Con estimación de la demanda de despido, y con estimación de la demanda de extinción de contrato de trabajo por voluntad de la trabajadora, de efectos de 14 de junio de 2018, que se declara improcedente, ambas demandas interpuestas por María del Carmen Garrido Díaz, contra I Levante Dental Proyecto Odontológico, S. L. U., Dental Global Management, S. L. y administrador concursal Ernst and Young Abogados, S. L. P., declaro la extinción de la relación laboral de la actora con la empresa I Levante Dental Proyecto Odontológico, S. L. U., desde la fecha de la presente resolución, condenando a las empresas a abonar a la trabajadora una indemnización de mil ciento ochenta y nueve euros con cinco céntimos (1.189,05 euros), salarios de trámite por importe de ocho mil seiscientos cuarenta y siete euros con sesenta céntimos (8.647,60 euros), así como los salarios no abonados por importe de mil setecientos sesenta y seis euros con cuarenta y nueve céntimos (1.766,49 euros), con imposición de los intereses moratorios.

Notifíquese la presente sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de suplicación para ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, que deberá anunciarse dentro de los cinco días siguientes a la notificación de la presente resolución, bastando para ello la mera manifestación de la parte, su abogado o representante de su propósito de entablar tal recurso, o por comparecencia o por escrito ante este Juzgado.

Así, por esta mi sentencia, de la que se expedirá testimonio para su unión a los autos de su razón, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que conste y sirva de notificación a Dental Global Management, S. L., que se encuentra en ignorado paradero, así como para su inserción en el tablón de anuncios y publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, expido el presente.

En Castellón, a 4 de marzo de 2019.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(03/11.101/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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