Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 79

Fecha del Boletín 
03-04-2019

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190403-72

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 4

72
Madrid número 4. Ejecución 9 de 2019, notificación a 150 Charter, S. L.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Herrero Barrero, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 4 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 9 de 2019 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Alberto Joel Arrechea Turro, frente a 150 Charter, S. L., sobre ejecución de títulos judiciales, se ha dictado la siguiente resolución:

En fechas 11 de marzo de 2019 y 14 de marzo de 2019, han tenido entrada sendos escritos procedentes de la parte ejecutante, únanse a los autos de su razón. A la vista de su contenido, se acuerda oír a las partes en comparecencia, que se celebrará en este Juzgado de lo social, sito en la calle Princesa, 3, planta segunda, 28008, el día 22 de abril de 2019, a las 08:55 horas, que solo versará sobre la falta de readmisión en debida forma que se ha alegado, a la que deberán acudir con todos los medios de prueba de que intenten valerse en orden a esta cuestión. Cíteselas en legal forma a tal fin, quedando advertidas de que, si no acudiese la parte demandante (por si o debidamente representada), se la tendrá por desistida de su petición, en tanto que si el ausente fuese el empresario (por sí o legalmente representado), el acto se celebrará sin su presencia. Asimismo, se requiere a la parte ejecutante por el plazo de dos días para que aclare si mantiene el recurso de reposición interpuesto, bajo apercibimiento de entenderse que desiste del mismo.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición ante este Juzgado, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente al de su notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 186.1 de la L. J. S.).

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.

Y para que sirva de notificación en legal forma a 150 Charter, S. L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a 15 de marzo de 2019.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/11.718/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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