Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 79

Fecha del Boletín 
03-04-2019

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190403-68

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE LEGANÉS NÚMERO 3

68
Leganés número 3. Procedimiento 805 de 2018, notificación a Cosmin Doboaca

EDICTO

Doña María José Moraleja León, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia e instrucción número 3 de Leganés.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio sobre delitos leves número 805 de 2018 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y fallo dice:

Sentencia número 131 de 2018

En Leganés, a 7 de agosto del 2018.—Don Jorge Moreno González, magistrado, habiendo visto el juicio de delito leve de hurto número 805 de 2018, teniendo la condición de denunciante: don Julián Jiménez Lábaro y el establecimiento Zara, con domicilio, a efectos de notificaciones, en la avenida Gran Bretaña, s/n, Leganés (CC Parque Sur); y de denunciado: don Cosmin Doboaca, con la presencia del ministerio fiscal, y en el ejercicio de las potestades que le confieren la Constitución y las leyes de España, dicta la presente resolución, que se basa en los siguientes:

Fallo

Condeno a don Cosmin Doboaca como autor de un delito leve de hurto en grado de tentativa, sin que concurra circunstancia alguna que, ya fuese por incidir en la antijuricidad del hecho o culpabilidad del autor, pueda modificar la responsabilidad criminal, imponiéndose la pena de veinticinco días de multa a razón de tres euros diarios, con una responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas no satisfechas, más costas.

Notifíquese a las partes personadas la presente sentencia de la que se llevará certificación a los autos y contra la que cabe interponer recurso de apelación en el plazo de cinco días, conforme previenen los artículo 976 y 795 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, lo pronuncio, mando y firmo.

Publicacion: la anterior sentencia ha sido dada, leída y publicada por el señor juez que la suscribe, en el mismo día de su fecha.—Doy fe.

En relación a los datos de carácter personal, sobre su confidencialidad y prohibición de transmisión o comunicación por cualquier medio o procedimiento, deberán ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia (ex Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal).

Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a don Cosmin Doboaca, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente.

En Leganés, a 26 de febrero de 2019.—La letrada de la Administración de Justicia.

(03/9.950/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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