Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 75

Fecha del Boletín 
29-03-2019

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190329-187

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE HUELVA NÚMERO 1

187
Huelva número 1. Procedimiento 854 de 2017, notificación a Ventask Group, S. L., y otros

EDICTO

Don Pedro Rafael Medina Medina, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 1 de Huelva.

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 854 de 2017, a instancias de la parte actora, doña María Lourdes Sánchez Tavira, contra Ventask Group, S. L., y Real Force, S. L., sobre despidos/ceses en general, se ha dictado resolución del tenor literal siguiente:

Parte dispositiva:

Acuerdo: Suspender los actos de juicio acordados para el día de la fecha y se señala nuevamente para el próximo día 30 de mayo de 2019, a las nueve y veinte horas.

Notifíquese la presente resolución a las partes, sirviendo la misma de notificación y citación en forma.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación, con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.

Y para que sirva de notificación a la demandada Ventask Group, S. L., y Real Force, S. L., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia o se trate de emplazamiento.

En Huelva, a 7 de marzo de 2019.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(03/10.867/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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