Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 75

Fecha del Boletín 
29-03-2019

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190329-113

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 13

113
Madrid número 13. Procedimiento 1.153 de 2018, notificación a Global Sports Intelligence, S. L.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 13 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 1153/2018 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. IRATI PRAT DEL POZO frente a GLOBAL SPORTS INTELLIGENCE, S.L. y FOGASA sobre Despidos / Ceses en general se ha dictado la siguiente resolución de SENTENCIA, cuya PARTE DISPOSITIVA DICE:

SENTENCIA Nº 61/2018

En Madrid, a 22 de Febrero de 2019.

Vistos por Dña. Sandra García Fuentes, Magistrada Juez de Adscripción Territorial, adscrita a este Juzgado, los presentes autos seguidos en este juzgado bajo el número 1.153/18, a instancias de D. ª IRATI PRAT DEL POZO asistido por la Letrada D.ª María José Martín Santos, contra GLOBAL SPORTS INTELLIGENCE S.L. y FOGASA, que no comparecen, sobre DESPIDO, resuelve:

FALLO

Que ESTIMO la pretensión de despido de D. ª IRATI PRAT DEL POZO contra GLOBAL SPORTS INTELLIGENCE S.L. y FOGASA, y declaro improcedente el despido, a estar y pasar por dicha declaración a todos los efectos legales oportunos, y a que en el plazo de cinco días opten entre la readmisión del trabajador en su puesto de trabajo en las mismas condiciones que tenía o le indemnice en la suma de 1860,95 euros en concepto de indemnización legal. Condenándole en el caso de la readmisión, a que le abone los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido y hasta la de la notificación de esta Sentencia, a razón de 35,62 euros/día; debiendo advertir por último a la empresa que la opción señalada, habrá de efectuarse ante este Juzgado de lo Social en el plazo de los CINCO DIAS SIGUIENTES, desde la notificación de la Sentencia, entendiéndose que de no hacerlo así se opta por la readmisión.

Además debo de CONDENAR A GLOBAL SPORTS INTELLIGENCE S.L. a que abone a la actora la cantidad de 7.149,89 EUROS, que devengará el interés del 10% de mora.

FOGASA responderá dentro de los límites legales, previo expediente administrativo.

Contra esta sentencia puede interponerse recurso.

Notifíquese la presente a las partes haciéndoles saber que contra esta Sentencia puede interponerse Recurso de Suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, anunciándolo por comparecencia o por escrito en este Juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a su notificación y designando Letrado para su tramitación. Se advierte al recurrente que no fuese trabajador o beneficiario del Régimen Público de Seguridad Social, ni gozase del derecho de asistencia jurídica gratuita que deberá acreditar al tiempo de interponerlo haber ingresado el importe de 300 euros en la cuenta 2511-0000-00-1153-18 del Banco SANTANDER, aportando el resguardo acreditativo; así como acreditar al tiempo de anunciarlo haber consignado el importe íntegro de la condena en el banco SANTANDER o presentar aval de Entidad Financiera por el mismo importe, en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista y sin cuyos requisitos no podrá admitirse el recurso y quedará firme la sentencia.

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a GLOBAL SPORTS INTELLIGENCE, S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a cinco de marzo de dos mil diecinueve.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/9.199/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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