Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 74

Fecha del Boletín 
28-03-2019

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190328-68

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE GETAFE NÚMERO 2

68
Getafe número 2. Procedimiento 304 de 2017, notificación a Rosala, S. L. y otros

EDICTO

Doña Yolanda Sánchez Jorge, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia e instrucción número 2 de Getafe.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario número 304 de 2017, instados por don Félix González Pomares, en nombre y representación de doña María Mercedes Dorado Rico y otros, contra don Leoncio Olivares Aguirre y otros, en los que se ha dictado en fecha 9 de enero de 2019 sentencia, cuyo fallo es el siguiente:

Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por “varios”, debo:

Condenar y condeno a Rosala, S. L., a los herederos de doña Escolástica Rincón Sabroso y a las personas ignoradas o causahabientes de los propietarios registrales de las fincas registrales 926, 12.054 y 7.744 del Registro de la Propiedad número 1 de Getafe a elevar a público el contrato de aportación y permuta de 1 de julio de 1972, así como a Rosala, S. L., a emitir declaración de agrupación de las fincas registrales números 926, 12.054 y 7.744 del Registro de la Propiedad número 1 de Getafe, a emitir declaración de obra nueva terminada hoy ya antigua, a emitir declaración de constitución de comunidad en régimen de propiedad horizontal, todo ello con relación al edificio actual existente en la calle Los Ángeles, número 8, de Getafe (Madrid).

Condenar y condeno a Rosala, S. L., a otorgar la adjudicación y transmisión de dominio de las siguientes viviendas resultantes con participación en elementos comunes:

1. La vivienda sita en bajo A de calle Ángeles, número 8, de Getafe, a favor de doña Dolores Echevarría Echevarría, doña María Echevarría Echepárez y don Mariano Echevarría Echepárez, como consecuencia del contrato de permuta de 1 de julio de 1972 y la transmisión “mortis causa” de la tercera parte correspondiente a doña Dolores Echevarría Echevarría a su hijo, don José Antonio Moreno Echevarría, conforme a lo dispuesto en el fundamento de derecho tercero.

2. La vivienda sita en bajo B de calle Ángeles, número 8, de Getafe, a favor de don Camilo Cortes Almodóvar y doña Manuela Almodóvar Fernández en virtud de contrato privado de promesa de venta de 21 de junio de 1973.

3. La vivienda sita en primero A de calle Ángeles, número 8, de Getafe, a favor de don José Luis Alonso Moreno y de doña Consuelo Gamonal, virtud de contrato privado de promesa de venta de 2 de junio de 1973, quienes a su vez vienen obligados a transmitirla posteriormente, debiendo don José Luis Alonso Moreno y don José Mario Alonso Gamonal, como hijo y heredero de doña Consuelo Gamonal, a su vez, a elevar a el contrato privado de compraventa de fecha 5 de marzo de 1977 a favor de don Isaac Osuna Gómez y doña Ana María Tenorio Macho.

4. La vivienda sita en primero B de calle Ángeles, número 8, de Getafe, a favor de don Eladio García Corbello y doña Nicasia Salido Estaban como consecuencia del contrato de permuta de 1 de julio de 1972 y la transmisión “mortis causa” a sus hijos, don Eladio, doña Ana Esmeralda, doña Rosa María y don Juan Carlos García Salido, conforme a lo dispuesto en el fundamento de derecho séptimo.

5. La vivienda sita en primero C de calle Ángeles, número 8, de Getafe, a favor de don Eladio García Corbello y doña Nicasia Salido Estaban como consecuencia del contrato privado de promesa de venta de 8 de enero de 1973 y la transmisión “mortis causa” a sus hijos, don Eladio, doña Ana Esmeralda, doña Rosa María y don Juan Carlos García Salido, conforme a lo dispuesto en el fundamento de derecho octavo.

6. La vivienda sita en segundo A de calle Ángeles, número 8, de Getafe, a favor de don José Luis Dorado del Pozo y doña Damiana Rico Solano como consecuencia del contrato privado de promesa de venta de 22 de marzo de 1973 y la transmisión “mortis causa” a los hijos de don José Luis Dorado del Pozo, don José Luis y doña Mercedes Dorado Rico, conforme a lo dispuesto en el fundamento de derecho noveno.

7. La vivienda sita en segundo B de calle Ángeles, número 8, de Getafe, a favor de don Miguel Valencia Baltanas y doña Isabel Marín Bustos como consecuencia del contrato privado de promesa de venta de 9 de junio de 1973 y la transmisión “mortis causa” a sus hijos, don Miguel Valencia Marín y doña María Josefa Valencia Marín, conforme a lo dispuesto en el fundamento de derecho décimo.

8. La vivienda sita en segundo C de calle Ángeles, número 8, de Getafe, a favor de doña Escolástica Rincón Sabroso como consecuencia del contrato de permuta de 1 de julio de 1972, debiendo los herederos de la misma, elevar a escritura pública el contrato privado de compraventa de 7 de mayo de 1983, conforme a lo dispuesto en el fundamento de derecho undécimo.

Declarar y declaro la adquisición por usucapión de la vivienda sita en bajo C calle Ángeles, número 8, de Getafe, a favor de don Camilo Cortes Marín y sus hijos doña Paloma Cortes Guzmán, don David Cortes Guzmán y don Borja Cortes Guzmán como herederos de doña María Luisa Guzmán Pérez.

Debiendo Rosala, S. L., y demás demandados e intervinientes estar y pasar por lo anterior y declarando el derecho de los actores a obtener la inscripción registral de todo lo previo pedido y declarado y elevado a público.

No se imponen las costas procesales.

Notifíquese la presente sentencia a las partes.

Contra esta resolución cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid que se interpondrá ante este Juzgado en el plazo de los veinte días siguientes al de su notificación.

Así lo acuerda, manda y firma.

En atención al desconocimiento del actual domicilio de la demandada Rosala, S. L., y personas ignoradas o causahabientes de los propietarios registrales de los bienes inmuebles objeto del procedimiento, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la LEC, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición de la interesada en la Secretaría de este Tribunal.

En Getafe, a 24 de enero de 2019.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(02/8.043/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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