Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 73

Fecha del Boletín 
27-03-2019

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190327-92

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 3

92
Madrid número 3. Procedimiento 71 de 2018, notificación a Obra Civil Obra Nueva, S. L.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don Ismael Pérez Martínez, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 3 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 71 de 2018, de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Joel Gallego de León, frente a Fondo de Garantía Salarial, “Obra Civil Nueva, Sociedad Limitada” y “Unika Proyectos y Obras, Sociedad Anónima”, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Estimo la demanda formulada por don Joel Gallego de León, frente a las empresas “Unika Proyectos y Obras, Sociedad Anónima Unipersonal” y “Obra Civil Nueva, Sociedad Limitada”, con condena solidaria de las mismas al abono de la cantidad de 2.723,27 euros, en concepto de salarios adeudados, con los intereses por mora del artículo 29.3 del Estatuto de los Trabajadores, todo ello con la responsabilidad subsidiaria del Fondo de Garantía Salarial.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra ella no podrá interponerse recurso alguno.

Se advierte a las partes que esta sentencia es firme y contra ella no cabe interponer recurso alguno.

Así, por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.—El magistrado-juez, don Francisco José del Pozo Sánchez.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Obra Civil Nueva, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a 6 de marzo de 2019.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(03/10.068/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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