Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 72

Fecha del Boletín 
26-03-2019

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190326-67

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MÓSTOLES NÚMERO 2

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Móstoles número 2. Procedimiento 1.358 de 2017, notificación a Galina Ivanova y otros

EDICTO

En este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario número 1.358 de 2017, entre “Caixabank, Sociedad Anónima”, doña Galina Ivanova y don Anguel Ivanov Ivanov, en reclamación de cantidad, en cuyos autos se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y parte dispositiva dicen:

Sentencia número 181 de 2018

En Móstoles, a 19 de julio de 2018.—Vistos por doña Pilar Saldaña Cuesta, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 2 de Móstoles, los presentes autos de juicio ordinario en reclamación de cantidad, incoados en virtud de demanda presentada por el procurador señor Cabellos Albertos, en nombre y representación de “Caixabank, Sociedad Anónima”, contra don Anguel Ivanov Ivanov y doña Galina Ivanova, en situación de rebeldía.

Fallo

Que estimando la demanda interpuesta por el procurador señor Cabellos Albertos, en nombre y representación de “Caixabank, Sociedad Anónima”, contra don Anguel Ivanov Ivanov y doña Galina Ivanova, debo declarar y declaro la resolución del contrato de préstamo con garantía hipotecaria de fecha 23 de marzo de 2000, por lo que debo condenar y condeno a don Anguel Ivanov Ivanov y doña Galina Ivanoa a que abonen de forma conjunta y solidaria a la actora la cantidad de 17.014,94 euros, con los intereses legales desde la fecha de interposición de la demanda; todo ello con expresa condena en costas de la parte demandada.

Contra la presente sentencia cabe recurso de apelación a interponer ante este Juzgado en el término de veinte días, que será sustanciado y resuelto por la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid. En el momento de la preparación del recurso de apelación, la parte apelante deberá constituir un depósito por la cuantía de 50 euros, bajo advertencia de inadmisión.

Llévese el original de esta resolución al libro de sentencias civiles, que al efecto existe en la Secretaría de este Juzgado, quedando en las actuaciones testimonio de la misma.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en esta instancia, lo pronuncio, mando y firmo.—La magistrada-juez.

Publicación

Leída y publicada fue la anterior sentencia por la señora juez que la dictó, estando celebrando audiencia pública en mi presencia, de lo que yo, el secretario, doy fe.

Y para que sirva de notificación a doña Galina Ivanova y don Anguel Ivanov Ivanov, para su fijación en el tablón de anuncios de este Juzgado y para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido y firmo la presente en Móstoles, a 14 de febrero de 2019.—El/la letrado/a de la Administración de Justicia (firmado).

(02/9.434/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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