Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 72

Fecha del Boletín 
26-03-2019

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190326-103

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 4

103
Madrid número 4. Procedimiento 684 de 2018, notificación a Alca Bazares Universitarios, S. L.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Herrero Barrero, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 4 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 684 de 2018 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Patricia Pérez Paramio, frente a “Alca Bazares Universitarios, Sociedad Limitada”, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado la siguiente resolución que se adjunta.

Sentencia número 373 de 2018

En Madrid, a 12 de noviembre de 2018.—Vistos por mí María Luisa Sanz Anchuela, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 4 de Madrid, los presentes autos número 684 de 2018, seguidos a instancias de doña Patricia Pérez Paramio, contra “Alca Bazares Universitarios, Sociedad Limitada”, sobre reclamación de cantidad, y en los que constan los siguientes,

Fallo

Estimo la demanda interpuesta por doña Patricia Pérez Paramio, contra “Alca Bazares Universitarios, Sociedad Limitada”, y condeno a “Alca Bazares Universitarios, Sociedad Limitada”, a hacerle pago de la cantidad de 621,08 euros, más sus intereses moratorios al tipo del 10 por 100 anual.

Notifíquese esta resolución a las partes haciéndoles saber que contra la misma no cabe interponer recurso de suplicación ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de conformidad con el artículo 191.2g) LRJS.

Así, por ésta, mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Alca Bazares Universitarios, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a 12 de febrero de 2019.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/10.017/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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