Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 69

Fecha del Boletín 
22-03-2019

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190322-69

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 1

69
Madrid número 1. Procedimiento 1.147 de 2018, notificación a Be Tal Servicios Empresariales, S. L.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Laura Carrión Gómez, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 1 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 1.147 de 2018 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña María Jesús Vivero Monreal, frente a “Be Tal Servicios Empresariales, Sociedad Limitada”, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Fallo

Estimo la demanda interpuesta por doña María Jesús Vivero Monreal, asistida por el letrado don Ignacio Suárez Higueras (colegiado número 80.792 ICAM), contra “Be Tal Servicios Empresariales, Sociedad Limitada” y al Fondo de Garantía Salarial, y condeno a estas últimas a abonar a la actora la cantidad de 694 euros, más los intereses del artículo 29.3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.

Notifíquese a las partes.

Se advierte a las partes que esta sentencia es firme y contra ella no cabe interponer recurso alguno.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Be Tal Servicios Empresariales, Sociedad Limitada” en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a 14 de febrero de 2019.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/8.513/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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