Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 56

Fecha del Boletín 
07-03-2019

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190307-63

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 57

63
Madrid número 57. Procedimiento 1.119 de 2017, notificación a María del Pilar Moreno Gutiérrez

EDICTO

Don Mariano Rodríguez Trotonda, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 57 de Madrid, en sustitución.

Hago saber: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario número 1.119 de 2017, instados por la procuradora doña Myriam Álvarez del Valle Lavesque, en nombre y representación de Iván Martínez Sabugo, contra María del Pilar Moreno Gutiérrez, en los que se ha dictado en fecha 9 de enero de 2019 sentencia, que se encuentra a disposición de las partes en la oficina del Juzgado, para que puedan tener conocimiento íntegro de su contenido.

Frente a la misma, cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días desde su notificación, ante este Juzgado, debiéndose constituir en tal caso el depósito de 50 euros previsto en la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

En atención al desconocimiento del actual domicilio de la demandada, María del Pilar Moreno Gutiérrez, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado notificar la citada sentencia por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Esta publicación edictal se realiza en la forma establecida en las leyes procesales y adaptada al Reglamento (UE) 2016/679, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, y la Instrucción número 6 de 2012 de la Secretaría General de la Administración de Justicia.

En Madrid, a 18 de febrero de 2019.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(02/7.013/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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