Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 56

Fecha del Boletín 
07-03-2019

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190307-62

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 42

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Madrid número 42. Procedimiento 2.519 de 2010, notificación a Airport Service & Logistic, S. L.

EDICTO

En este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario número 2.519 de 2010, entre don Julio César Ospina Ramírez, don Rafael Domínguez Peña y doña María Alderete Vincent y “Airport Service & Logistic, Sociedad Limitada”, en cuyos autos se ha dictado la siguiente resolución:

Sentencia número 31 de 2017

En Madrid, a 30 de enero de 2017.—Vistos por doña Gemma Susana Fernández Díaz, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 42 de Madrid, los presentes autos de juicio ordinario número 2.519 de 2010, seguidos a instancias de doña María Alderete Vicent, don Rafael Domínguez Peña y don Julio César Ospina Ramírez, representados por el procurador señor Martínez Pérez y asistidos por la letrada señora Guerrero Moreno, contra la mercantil “Airport Service & Logistic, Sociedad Limitada”, sobre reclamación de cantidad,

Con base en los siguientes.

Fallo

Que, estimando como estimo la demanda interpuesta por doña María Alderete Vicent, don Rafael Domínguez Peña y don Julio César Ospina Ramírez, representados por el procurador señor Martínez Pérez, contra la mercantil “Airport Service & Logistic, Sociedad Limitada”, debo condenar y condeno a la citada demandada a pagar a la parte actora la cantidad de 57.526,02 euros, más intereses legales desde la fecha de interposición de la demanda y hasta el pago, con el incremento previsto legalmente a partir de la fecha de esta resolución, y costas.

Notifíquese esta resolución a las partes haciéndoles saber que no es firme y que contra la misma cabe recurso de apelacion que deberá interponerse en este Juzgado, para ante la Audiencia Provincial de Madrid, en el plazo de veinte días hábiles contados a partir del siguiente a la notificación, previo depósito de la cantidad de 50 euros en la forma prevista legalmente, bajo apercibimiento de inadmisión.

Así, por esta mi sentencia, juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación: Leída y publicada ha sido la anterior sentencia por la señora magistrada-juez que la dictó, estando celebrada audiencia pública. Doy fe.

Y para que sirva de notificación a “Airport Service & Logistic, Sociedad Limitada”, expido y firmo la presente.

En Madrid, a 1 de octubre de 2018.—El/la letrado/a de la Administración de Justicia (firmado).

(02/3.385/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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