Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 55

Fecha del Boletín 
06-03-2019

Sección 1.2.65.27: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190306-8

Páginas: 1


I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal

CONSEJERÍA DE SANIDAD

SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD

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ORDEN 200/2019, de 13 de febrero, del Consejero de Sanidad, por la que se fija el número máximo anual de nombramientos de personal emérito del Servicio Madrileño de Salud correspondiente al año 2018.

El Decreto 79/2009, de 10 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se desarrolla el régimen jurídico aplicable al personal emérito del Servicio Madrileño de Salud (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 14 de septiembre), regula el procedimiento para el reconocimiento de la condición de personal emérito, los derechos inherentes a este reconocimiento, así como las funciones que podrá desarrollar en las Instituciones Sanitarias dependientes o adscritas al Servicio Madrileño de Salud.

La disposición adicional única del referido decreto establece que el número máximo de nombramientos de personal emérito que se podrá conceder anualmente se fijará mediante orden del titular de la Consejería competente en materia de Sanidad.

En virtud de todo lo expuesto, a propuesta del Servicio Madrileño de Salud y de conformidad con lo establecido en el artículo 50, apartado 3, de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid,

DISPONGO

Primero

Objeto de la orden

La presente Orden tiene por objeto fijar en cinco el número máximo de personal emérito que el Servicio Madrileño de Salud podrá nombrar de entre los licenciados sanitarios estatutarios fijos que hayan quedado en situación de jubilación durante el año 2018.

Segundo

Entrada en vigor

La presente orden producirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Tercero

Recursos

Contra la presente Orden que agota la vía administrativa, los interesados podrán interponer el recurso potestativo de reposición, o el recurso contencioso-administrativo directamente tal y como se prevé en los artículos 123 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Madrid, a 13 de febrero de 2018

El Consejero de Sanidad, ENRIQUE RUIZ ESCUDERO

(03/7.275/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.2.65.27: I. COMUNIDAD DE MADRID

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