Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 51

Fecha del Boletín 
01-03-2019

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190301-176

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE CUENCA NÚMERO 1

176
Cuenca número 1. Procedimiento 824 de 2015, notificación a Walter Alberto Valladares Triviño

EDICTO

D. PEDRO FIDEL LAGUNAS DOMINGUEZ, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social nº 001 de CUENCA, HAGO SABER:

Que en el procedimiento PIEZA SEPARADA DE CUENTA DE ABOGADO 0000824/2015 0001 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancia de D/Dª MANUEL CATALA RUBIO contra la empresa WALTER ALBERTO VALLADARES TRIVIÑO, sobre ORDINARIO, se ha dictado la siguiente resolución de fecha 20-Septiembre-2018 y 3-Octubre- 2018, cuyos encabezamientos y partes dispositivas, son del tel tenor literal siguiente:

“ D E C R E T O.- Letrado de la Administración de Justicia D/Dª PEDRO FIDEL LAGUNAS DOMINGUEZ.

En CUENCA, a veinte de septiembre de dos mil dieciocho.

PARTE DISPOSITIVA

ACUERDO: Tener por finalizado y archivar el presente procedimiento, dando cuenta a los efectos del oportuno despacho de ejecución, conforme con lo dispuesto en el art. 35.3 de la LEC.

Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que en aplicación del mandato contenido en el artículo 53.2 de la LJS, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, las partes o interesados, y en su caso los profesionales designados, señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin, surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el Tribunal.-/ MODO DE IMPUGNACIÓN: Contra la presente resolución cabe recurso directo de revisión que deberá interponerse ante quien dicta la resolución en el plazo de TRES DÍAS hábiles siguientes a la notificación de la misma con expresión de la infracción cometida en la misma a juicio del recurrente, art. 188 LJS. El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario de régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros, en la cuenta nº 1619000069082415 en el Banco Santander debiendo indicar en el campo concepto, “recurso” seguida del código “31 Social-Revisión de resoluciones Letrado de la Administración de Justicia”. Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio con la indicación “recurso” seguida del “31 Social-Revisión de resoluciones Letrado de la Administración de Justicia”. Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase indicando en el campo de observaciones la fecha de la resolución recurrida utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono en todo caso, el Ministerio Fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades locales y los Organismos Autónomos dependientes de ellos.

EL/LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA”

“D E C R E T O.- Letrado de la Administración de Justicia D/Dª PEDRO FIDEL LAGUNAS DOMINGUEZ.

En CUENCA, a tres de octubre de dos mil dieciocho.

PARTE DISPOSITIVA

ACUERDO: 1.- Estimar la solicitud de aclarar el decreto dictado en este procedimiento con fecha 20-Septiembre-2018 en el sentido que se indica a continuación:

“PRIMERO.- Por resolución de fecha 5 de Julio de 2018 se acordó requerir a D/Dª WALTER ALBERTO VALLADARES TRIVIÑO, para que en el plazo de diez días abonara la cantidad de 1.563,05 euros que, por honorarios reclamaba el Letrado Sr. Catalá Rubio, o bien para que los impugnara”.

Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que en aplicación del mandato contenido en el artículo 53.2 de la LJS, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, las partes o interesados, y en su caso los profesionales designados, señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin, surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el Tribunal.

Contra este decreto no cabe interponer recurso sin perjuicio del que pudiera interponerse frente a la resolución aclarada.

EL/LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

(Firmado y rubricado)”

Y para que sirva de notificación en legal forma a WALTER ALBERTO VALLADARES TRIVIÑO, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

En CUENCA, a catorce de enero de dos mil diecinueve.

EL/LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

ADMINISTRACION DE JUSTICIA

(03/4.975/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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