Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 51

Fecha del Boletín 
01-03-2019

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190301-135

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 21

135
Madrid número 21. Ejecución 212 de 2018-M, notificación a El Mapa de los Mil Platos, S. L.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Araceli Crespo Pascual, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 21 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 212 de 2018-M de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Rafael Vallejo Campos, frente a “El Mapa de los Mil Platos, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado en el día de la fecha auto de extinción de la relación laboral, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Parte dispositiva:

Se declara:

— Extinguida la relación laboral entre la parte ejecutante, don Rafael Vallejo Campos, y la parte ejecutada, “El Mapa de los Mil Platos, Sociedad Limitada”, con efectos de esta resolución, 30 de enero de 2019.

— Se condena a “El Mapa de los Mil Platos, Sociedad Limitada” a satisfacer al ejecutante una indemnización de treinta y tres días por año trabajado (conforme al Real Decreto 3/2012, de 10 de febrero, disposición transitoria quinta), prorrateándose, en ambos casos, los períodos inferiores a una anualidad, computándose como tiempo de servicio el transcurrido hasta la fecha de esta resolución, que supone el importe de 1.668,45 euros.

— Condena, también a la ejecutada, a abonar el importe de 13.207,61 euros brutos, en concepto de salarios de tramitación desde el despido (18 de abril de 2018) hasta la fecha de la presente resolución, 30 de enero de 2019, pero descontando cuatro días de trabajo (283 días).

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los tres días hábiles siguientes al de recibirla, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda por aplicación del artículo 184.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Asimismo se deberá consignar, en la cuenta de depósitos y consignaciones judiciales que este Juzgado tiene abierta en el grupo “Banesto”, como depósito, quienes no gocen del derecho de asistencia gratuita, la cantidad de 25 euros, de conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, debiéndose acompañar necesariamente resguardo acreditativo de dicho ingreso, procediéndose en caso de no verificarlo a la no admisión a trámite del recurso de reposición interpuesto.—La letrada de la Administración de Justicia.—La magistrada-juez.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “El Mapa de los Mil Platos, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios del Juzgado.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a 30 de enero de 2019.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/5.866/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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