Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 50

Fecha del Boletín 
28-02-2019

Sección 3.10.20F: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190228-36

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE FUENLABRADA

RÉGIMEN ECONÓMICO

36
Fuenlabrada. Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones

Resolución de la presidencia del Patronato 71/2019. Aprobación de convocatoria general de subvenciones 2019 para clubes o entidades deportivas.

BDNS (Identif.): 441541

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/es/index).

Primero. Beneficiarios.—Estas ayudas tienen como destinatarios clubes y entidades deportivas con personalidad jurídica propia, legalmente constituidas e inscritas tanto en el Registro de la Comunidad de Madrid, como en el de Entidades Ciudadanas de Fuenlabrada (con una antigüedad mínima de 1 año) y domiciliadas en Fuenlabrada.

Segundo. Objeto.—Se establece en los artículos 1 y 2 de la convocatoria el objeto, la finalidad y el plazo (clubes y entidades que desarrollen proyectos y/o actividades deportivas en el ámbito territorial de Fuenlabrada), dentro de una de las áreas de actuación (competiciones individuales, equipo, élite) dentro de cualquiera de los períodos siguientes; temporada 2018-2019 (desde 1 de septiembre de 2018 a 31 de agosto de 2019) y ejercicio 2019). En relación al pago, nos encontramos ante subvenciones prepagables, dado que se procederá al pago una vez aprobada la concesión (artículo 11).

Tercero. Bases Reguladoras.—La ordenanza reguladora de subvenciones del Ayuntamiento de Fuenlabrada se encuentra publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 11 de marzo de 2005, así como en la página web municipal.

Cuarto. Importe.—El crédito aprobado asciende a 340.000,00 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria 4069/341/48002.

Quinto. Plazo presentación solicitudes.—Se establece como plazo de quince días hábiles desde el siguiente a la publicación de la convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Dicha solicitud y documentos podrán presentarse tanto en el Registro General de Entradas del Ayuntamiento de Fuenlabrada o en cualquiera de sus Registros Auxiliares como en los registros y oficinas relacionados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Sexto. Pago.—Se procederá al pago de la subvención de manera anticipada, por la totalidad del importe concedido.

Para la justificación, se establece como fecha máxima de presentación, el 30 de enero de 2020 (en el caso de subvencionar el ejercicio 2019) y el 15 de octubre de 2019 en el caso de subvencionar la temporada 2018/2019, mediante la documentación requerida en la Convocatoria (artículo 12).

Fuenlabrada, a 26 de febrero de 2019.—El vicepresidente del Patronato Municipal de Deportes, Juan Agustín Domínguez San Andrés.

(03/7.552/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20F: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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