Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 50

Fecha del Boletín 
28-02-2019

Sección 4.140.40: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190228-126

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 42

126
Madrid número 42. Procedimiento 607 de 2018, notificación a Euromerchand-Aplicaciones de Marketing, S. L.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. MARIA CRISTINA LIVIANOS MARTIN LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 42 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 607/2018 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D. *************** frente a EUROMERCHAND-APLICACIONES DE MARKETING SL sobre Procedimiento Ordinario se ha dictado la siguiente resolución:

FALLO

Que estimando como estimo la demanda formulada por D. JOSÉ LUIS MANTECON DE OZAETA frente a la mercantil EURO MERCHAND APLICACIONES DE MARKETING S.L. y el FOGASA, debo condenar y condeno a la mercantil EURO MERCHAND APLICACIONES DE MARKETING S.L. a abonar a D. ************* la cantidad de cinco mil cuatrocientos setenta y tres euros con noventa y seis céntimos de euro (5.473,96 €), más el 10% de interés por mora.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer Recurso de Suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, anunciándolo ante este Juzgado por comparecencia o por escrito en el plazo de los cinco días hábiles siguientes a la notificación del presente fallo.

En caso de querer hacer efectiva esta sentencia el número de CCC de Este Juzgado es el ES55 0049 3569 9200 0500 1274 haciéndose constar en el campo de las observaciones 5355 0064 00 060718.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a EUROMERCHAND-APLICACIONES DE MARKETING SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a seis de febrero de dos mil diecinueve.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/5.147/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.40: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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