Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 47

Fecha del Boletín 
25-02-2019

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190225-141

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 32

141
Madrid número 32. Ejecución 20 de 2019, notificación a UCS Dental Global Training, S. L.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. DAVID ATIENZA MARCOS LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 32 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 20/2019 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. MARIA CRISTINA MINGUELA SANCHO frente a UCS DENTAL GLOBAL TRAINING SL sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución:

DILIGENCIA.- En Madrid, a dieciocho de enero de dos mil diecinueve

La extiendo yo, el/la Letrado/a de la Admón. de Justicia, para hacer constar que en esta fecha ha tenido entrada en este Juzgado escrito y copias, presentado por D./Dña. MARIA CRISTINA MINGUELA SANCHO, solicitando la ejecución de, SENTENCIA de fecha 3/12/2018, por la que se condena a UCS DENTAL GLOBAL TRAINING SL al pago de cantidad líquida. Paso a dar cuenta. Doy fe.

AUTO

En Madrid, a dieciocho de enero de dos mil diecinueve.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO.- El presente procedimiento seguido entre las partes, de una como demandante D./Dña. MARIA CRISTINA MINGUELA SANCHO y de otra como demandada UCS DENTAL GLOBAL TRAINING SL consta SENTENCIA, de fecha 3/12/2018 cuyo contenido se da por reproducido.

SEGUNDO.- El citado título ha ganado firmeza sin que conste que la/s condenada/s haya satisfecho el importe de la cantidad líquida y determinada que en cuantía de 9.752,11 euros de principal solicita la parte ejecutante en escrito.

FUNDAMENTOS JURIDICOS

PRIMERO.- El ejercicio de la potestad jurisdiccional juzgando y haciendo ejecutar lo juzgado, corresponde exclusivamente a los Juzgados y Tribunales determinados en las leyes y en los tratados internacionales (art. 117 de la Constitución y art. 2 de la L.O.P.J.).

SEGUNDO.- La ejecución del título habido en este procedimiento, acta de conciliación (arts.68 y 84.4 de la L.J.S.) se iniciará a instancia de parte, y una vez iniciada la misma se tramitara de oficio dictándose al efecto las resoluciones y diligencias necesarias (art. 239 de la L.J.S.).

TERCERO.- De conformidad con el artículo 251 LJS, salvo que motivadamente se disponga otra cosa, la cantidad por la que se despache ejecución en concepto provisional de intereses de demora y costas no excederá, para los primeros, del importe de los que se devengarían durante un año y, para las costas, del 10 por 100 de la cantidad objeto de apremio en concepto de principal.

CUARTO.- En virtud de lo dispuesto en el artículo 551.3 de la LEC, dictado el auto por el/la Magistrado/a, el/la Secretario/a Judicial responsable de la ejecución, en el mismo día o en el día siguiente hábil, dictará decreto con los contenidos previstos en citado precepto. Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación,

PARTE DISPOSITIVA

Despachar orden general de ejecución de Sentencia de fecha 3/12/2018 a favor de la parte ejecutante D./Dña. MARIA CRISTINA MINGUELA SANCHO, frente a la demandada UCS DENTAL GLOBAL TRAINING SL, parte ejecutada, por un principal de 9.752,11 euros, más 1.950,42 euros de intereses y costas calculados provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

MODO DE IMPUGNACION.- Mediante recurso de REPOSICION ante este Juzgado dentro de los TRES días hábiles siguientes al de su notificación, en el que además de alegar las posibles infracciones en que hubiere incurrido la resolución, podrá deducirse oposición en los términos previstos en el art. 239.4 LJS., debiendo el recurrente que no sea trabajador beneficiario del Régimen de la Seguridad social ingresar la cantidad de 25 Euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la Entidad BANCO DE SANTANDER 2805-0000-64-0020-19.

Así, por éste su Auto, lo acuerda, manda y firma, el Ilmo. Sr. Magistrado - Juez

D./Dña. MARIA LUISA GIL MEANA.

EL MAGISTRADO-JUEZ

DILIGENCIA.- Seguidamente se cumple lo acordado, y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 L.R.J.S..Doy fe.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a UCS DENTAL GLOBAL TRAINING SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a dieciocho de enero de dos mil diecinueve.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/4.058/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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