Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 44

Fecha del Boletín 
21-02-2019

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190221-94

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 9

94
Madrid número 9. Procedimiento 998 de 2017, notificación a Clinical Repairs, S. L.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. MARÍA DEL CARMEN MARTÍN GARCÍA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 09 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 998/2017 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. DANIEL MUÑOZ RUIZ frente a CLINICAL REPAIRS SL sobre Procedimiento Ordinario se ha dictado la siguiente resolución :

JUZGADO DE LO SOCIAL Nº9

AUTOS Nº DEMANDA: 998/2017

SENTENCIA Nº: 506/2018

En Madrid a veinte de noviembre de dos mil dieciocho.

D. JOSÉ MARÍA REYERO SAHELICES Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social n° 9 del Juzgado y localidad o provincia MADRID tras haber visto los presentes autos sobre Procedimiento Ordinario entre partes, de una y como demandante D. DANIEL MUÑOZ RUIZ, que comparece asistido del LETRADO D. VICTOR FERNANDEZ PEÑA y de otra como demandada CLINICAL REPAIRS SL que no comparece pese a estar citada en legal forma.

EN NOMBRE DEL REY

Ha dictado la siguiente

SENTENCIA

FALLO

Que ESTIMANDO la demanda formulada por D. DANIEL MUÑOZ RUIZ frente a CLINICAL REPAIRS SL, sobre Reclamación de Cantidad, debo condenar y condeno a la demandada CLINICAL REPAIRS SL a abonar al actor la suma de 2.450 euros con más el 10% de interés legal de mora.

Notifíquese esta sentencia a las partes advirtiendo que contra ella no podrán interponer Recurso de Suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a CLINICAL REPAIRS SL , en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto ,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid , a veintinueve de enero de dos mil diecinueve .

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/4.112/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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