Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 44

Fecha del Boletín 
21-02-2019

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190221-57

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE VENTURADA

RÉGIMEN ECONÓMICO

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Venturada. Régimen económico. Padrones impuestos

Aprobado por decreto de esta Alcaldía número 12/2019, dictado con fecha 15 de enero de 2019, el calendario fiscal para el presente ejercicio, de conformidad con lo establecido en el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y en los artículos 14 y siguientes de la ordenanza general de gestión, recaudación de los tributos y otros ingresos de derecho público locales (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 297, de 15 de diciembre de 2011), se pone en conocimiento de los contribuyentes que se procederá al cobro en período voluntario de los tributos municipales correspondientes al año 2019 en las siguientes fechas:

Del 2 de julio al 30 de agosto:

— Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica.

Del 1 de octubre al 2 de diciembre:

— Impuesto sobre bienes inmuebles (urbanos, rústicos y características especiales).

— Impuesto actividades económicas.

— Tasa por entrada de vehículos.

Si por cualquier causa fuera preciso variar la disposición de las fechas detalladas en el calendario precedente, se pondrá con antelación suficiente en conocimiento de los contribuyentes.

Venturada, a 15 de enero de 2019.—El alcalde, Daniel Caparrós López.

(02/3.549/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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