Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 41

Fecha del Boletín 
18-02-2019

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190218-222

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE SEVILLA NÚMERO 9

222
Sevilla número 9. Procedimiento 1.273 de 2013, notificación a Vitalia Vida Consultora de Previsión Social

EDICTO

D/Dª GRACIA BUSTOS CRUZ, LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NUMERO 9 DE SEVILLA.

HACE SABER: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 1273/2013 a instancia de la parte actora D/Dª. ANTONIO GONZALEZ BARRERO contra MACPUAR AERONAUTICA SL, CONSEJERIA DE INNOVACION, CIENCIA Y EMPLEO, VITALIA VIDA CONSULTORA DE PREVISION SOCIAL, GENERALI ESPAÑA SA DE SEGUROS Y REASEGUROS y GENERALI ESPAÑA sobre Procedimiento Ordinario se ha dictado RESOLUCION del tenor literal siguiente:

DECRETO 62/2019

Letrado/a de la Administración de Justicia, Sr./a.: GRACIA BUSTOS CRUZ

En SEVILLA, a veinticuatro de enero de dos mil diecinueve.

ANTECEDENTES DE HECHOS

PRIMERO. Que por ANTONIO GONZALEZ BARRERO se formuló demanda contra MACPUAR AERONAUTICA SL, CONSEJERIA DE INNOVACION, CIENCIA Y EMPLEO DE LA JUNTA DE ANDALUCIA, VITALIA VIDA CONSULTORA DE PREVISION SOCIAL, GENERALI ESPAÑA SA DE SEGUROS Y REASEGUROS, sobre RECLAMACIÓN DE CANTIDAD que turnada correspondió a este Juzgado y una vez registrada, se señaló fecha para la celebración de los actos de ley el dia 17 de OCTUBRE de 2019.

SEGUNDO. El día 22 de ENERO de 2019 se presentó escrito por la parte actora por el que se desistía de la demanda formulada.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS

ÚNICO. Que siendo un principio fundamental de Derecho Procesal Laboral, el principio dispositivo en virtud del cual, la parte demandante es libre de mantener o no la demanda, debe admitirse el desistimiento formulado por el actor, mediante el escrito presentado por el mismo y unido a las actuaciones.

PARTE DISPOSITIVA

S.Sª. la Letrada de la Administración de Justicia y del Juzgado de lo Social nº 9 de Sevilla,

ACUERDA: tener por DESISTIDO al actor D.ANTONIO GONZALEZ BARRERO de su demanda y consiguientemente el archivo de las actuaciones.

Notifíquese esta resolución a las partes advirtiéndoles que contra la misma cabe recurso de REVISIÓN, sin que produzca efecto suspensivo, ante el Magistrado-Juez, mediante escrito dentro de los TRES DÍAS hábiles siguientes a su notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso.

Para la admisión del recurso deberá efectuarse constitución de depósito en cuantía de 25 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado abierta en Banco Santander nº 4028.0000.00.1273.13 utilizando para ello el modelo oficial, indicando en el campo “Concepto” que se trata de un recurso seguido del código “00” y “Social-Revisión”, de conformidad con lo establecido en la Disposición adicional Decimoquinta de la L.O. 6/1985 del Poder Judicial, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en la misma.

Si el ingreso se efectuare por transferencia bancaria habrá de hacerse en la cuenta de Banco Santander IBAN ES55 0049 3569 92 0005001274, indicando el beneficiario, Juzgado de lo Social nº 9 de Sevilla, y en “Observaciones se consignarán 4028.0000.00.1273.13., indicando después de estos 16 dígitos (separados por un espacio) el código “00” y “Social-Revisión”.

Así por este Decreto, lo acuerda, manda y firma Dª GRACIA BUSTOS CRUZ, Letrada de la Administración de Justicia y del Juzgado de lo Social num. 9 de Sevilla.

Y para que sirva de notificación al demandado VITALIA VIDA CONSULTORA DE PREVISION SOCIAL actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE MADRID, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En SEVILLA, a veinticuatro de enero de dos mil diecinueve.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

(03/3.491/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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