Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 39

Fecha del Boletín 
15-02-2019

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190215-72

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE ALCOBENDAS NÚMERO 2

72
Alcobendas número 2. Procedimiento 1.373 de 2016, notificación a Masjesdan, S. L.

EDICTO

Don Manuel Alejandro Sánchez Castro, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 2 de Alcobendas.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario número 1.373 de 2016, instados por el procurador don José Antonio Pérez Casado, en nombre y representación de don Domingo Álvarez Fernández y doña Vicenta de las Heras Rodríguez, contra “Masjesdan, Sociedad Limitada”, en reclamación de 12.625,21 euros, en los que se ha dictado, en fecha 12 de septiembre de 2018, sentencia, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Fallo

Que debo estimar y estimo la demanda deducida por el procurador don José Antonio Pérez Casado, en nombre y representación de don Domingo Álvarez Fernández y doña Vicenta de las Heras Rodríguez, contra “Masjesdan, Sociedad Limitada”, en situación procesal de rebeldía, y contra “Banco de Bilbao Vizcaya Argentaria, Sociedad Anónima”, (BBVA), representada por la procuradora doña María Jesús Gutiérrez Acebes, declaro haber lugar a la misma, y en su virtud, declaro la nulidad del contrato de fecha 30 de octubre de 2001, suscrito por los demandantes con “Masjesdan, Sociedad Limitada”, y de la póliza de préstamo de fecha 6 de noviembre de 2001, suscrita por los actores con la entidad “Banco de Bilbao Vizcaya Argentaria, Sociedad Anónima”, (BBVA), así como la improcedencia del cobro anticipado de las cantidades satisfechas por los demandantes a las codemandadas, con obligación de restitución por duplicado de los importes recibidos, y condeno a dicha parte demandada..., con expresa imposición a la parte demandada de las costas procesales de esta instancia.”

En atención a estar declarada en rebeldía procesal, “Masjesdan, Sociedad Limitada”, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este Tribunal.

En Alcobendas, a 10 de octubre de 2018.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(02/3.869/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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