Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 39

Fecha del Boletín 
15-02-2019

Sección 4.140.40: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190215-173

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 41

173
Madrid número 41. Procedimiento 951 de 2018, notificación a Dental Global Management, S. L. y otros

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. MARÍA JOSE GONZÁLEZ HUERGO LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 41 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 951/2018 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. SAMUEL LEONARDO FERERES FREIJOMIL, D./Dña. SAMUEL LEONARDO FERERES FREIJOMIL y D./Dña. JUAN LUIS LAINE FREIJOMIL frente a FOGASA, DENTAL GLOBAL MANAGEMENT S.L., MAXDUELL GRAN SL, WESTON HILL CAPITAL SL y JESUS BORJABAD GARCIA sobre Procedimiento Ordinario se ha dictado la siguiente resolución:

F A L L O

Se tiene a la parte demandante por desistida frente a las codemandadas Maxduell Gran S.L y Weston Hill Capital S.L. y se ESTIMA la demanda interpuesta por D. Samuel Leonardo Fereres Freijomil y D. Juan Luis Laine Freijomil, contra Dental Global Management S.L., condenando a esta, a que le abone la cantidad de 1.260 euros a Don Samuel Leonardo Fereres Frejomil y 2.966,66 euros a Don Juan Luis Laine Freijomil más el 10% de interés por mora devengado.

Notifíquese esta resolución a la partes, haciéndoles saber que contra la misma no cabe interponer recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

Así por esta mi sentencia de la que se unirá testimonio a los autos originales para su cumplimiento, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a DENTAL GLOBAL MANAGEMENT S.L. y MAXDUELL GRAN SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a diecisiete de enero de dos mil diecinueve.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/3.341/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.40: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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