Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 39

Fecha del Boletín 
15-02-2019

Sección 4.140.40: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190215-172

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 41

172
Madrid número 41. Procedimiento 841 de 2018, notificación a Tartalia, S. A.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. MARÍA JOSE GONZÁLEZ HUERGO LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 41 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 841/2018 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. CINTHIA VIVIANA FERRER CONTRERAS frente a TARTALIA SA y D./Dña. JOSE ANTONIO SANCHEZ PEREZ sobre Despidos / Ceses en general se ha dictado la siguiente resolución:

F A L L O

Que estimando como estimo la demanda de resolución de contrato formulada por Doña Cinthia Viviana Ferrer Contreras contra la empresa Tartalia, S.A., debo declarar y declaro extinguida la relación laboral que unía a las partes, con efectos desde la notificación de esta resolución judicial condenando a la empresa a abonar a aquél en concepto de indemnización la cantidad de 27.367,10 euros.

Y estimando como estimo la demanda de cantidad formulada por Doña Cinthia Viviana Ferrer Contreras contra la empresa Tartalia, S.A., debo condenar y condeno a ésta a abonar a aquella la cantidad de 5.276,04 euros con el recargo del artículo 29.3 LET.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a la partes que contra esta Sentencia puede interponerse Recurso de Suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, anunciándolo por comparecencia o por escrito en este Juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a su notificación y designando Letrado para su tramitación. Se advierte al recurrente que no fuese trabajador o beneficiario del Régimen Público de Seguridad Social, ni gozase del derecho de asistencia jurídica gratuita que deberá acreditar al tiempo de interponerlo haber ingresado el importe de 300 euros en la cuenta 5052000065084118 del Banco Santander aportando el resguardo acreditativo; así como acreditar al tiempo de anunciarlo haber consignado el importe íntegro de la condena en el banco Santander o presentar aval de Entidad Financiera por el mismo importe, en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a TARTALIA SA, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a veintitrés de enero de dos mil diecinueve.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/3.344/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.40: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190215-172